La joven penquista fue asesinada por su pareja y posteriormente descuartizada en agosto de 2017 en Melipilla. La decisión se fundamenta en que la convivencia entre ambos no se asimilaba a la de una relación estable, hecho que nuevamente pone en discusión la tipificación del delito de femicidio y las decisiones judiciales sobre estos casos.
La joven de 23 años fue asesinada hace un año por su pareja, y aunque en el juicio la defensa del imputado intentó desestimar la convivencia para descartar el femicidio, el Tribunal Oral de Melipilla lo declaró culpable y decretó para él la pena de presidio perpetuo calificado. A pesar de la condena la dificultad de tipificar estos casos sigue vigente, pues la ley establece que este delito solo se remite a relaciones oficiales y no a todos los casos de violencia contra las mujeres.
La pena de presidio perpetuo calificado implica que el autor del delito de femicidio no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos cuarenta años de privación de libertad y no podrá ser favorecido con ninguno de los beneficios que contemple el reglamento de establecimientos penitenciarios, amnistía ni indulto general.