Tribunal de Melipilla condena a presidio perpetuo a femicida de Isidora González

La pena de presidio perpetuo calificado implica que el autor del delito de femicidio no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos cuarenta años de privación de libertad y no podrá ser favorecido con ninguno de los beneficios que contemple el reglamento de establecimientos penitenciarios, amnistía ni indulto general.

La pena de presidio perpetuo calificado implica que el autor del delito de femicidio no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos cuarenta años de privación de libertad y no podrá ser favorecido con ninguno de los beneficios que contemple el reglamento de establecimientos penitenciarios, amnistía ni indulto general.

“Que se condena a Guillermo Atenas a sufrir la pena de presidio perpetuo calificado (..) por su responsabilidad en calidad de autor del delito de femicidio de su conviviente Isidora González Rojas perpetrado en una fecha indeterminada entre el 2 y el 30 de agosto de 2017”. De esa forma, el magistrado Mauricio Cuevas, juez redactor del juicio por la muerte de la joven penquista, dio a conocer la condena determinada por el Tribunal integrado además por las juezas Camila Riquelme y Sylvia Alvarado.

El imputado no estuvo presente en la audiencia, pues a través de su defensa solicitó no asistir a la lectura de su condena.

Una vez leída la sentencia del Tribunal Oral de Melipilla, la familia de Isidora, o “Dorito” como le decían sus cercanos, celebraron con aplausos y manifestaciones de alegría por la decisión de los jueces.

En las afueras del Tribunal, la madre de Isidora, su padre y su hermana, además de cercanos que durante este año de investigación formaron un grupo para movilizarse pidiendo justicia, hicieron una concentración en la exigieron no se olvide que existen más casos de este tipo en Chile, los que también necesitan justicia y condenas.

La madre de la víctima, Karem Rojo, manifestó que este es un precedente para la justicia chilena pues a pesar de que su hija y el imputado solo tenían una relación de pololeo y convivían esporádicamente, este caso fue considerado un femicidio por parte del Tribunal.

Fuentes cercanas al Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, querellantes en la causa contra Guillermo Atenas, indicaron que se sienten muy contentos con el fallo pues considerar casos de este tipo como femicidio va en la línea de las legislaciones que desde la cartera buscan impulsar.




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