El Senado aprobó el proyecto que crea un Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, para que las policías puedan contar con información sistematizada sobre quienes están con órdenes de aprehensión pendientes.
Ahora, la Cámara de Diputados deberá pronunciarse, en tercer trámite, sobre de un cambio que le introdujo el Senado a la iniciativa, para que ésta quede en condiciones de ser remitida al Presidente de la República para su firma y promulgación.
Tendrán acceso a esta información los Tribunales de Justicia, el Ministerio Público, Carabineros, la PDI, Gendarmería, el Registro Civil, los Departamentos de Tránsito para suspender la renovación de licencias de conducir y órganos de la administración del Estado que entregan prestaciones de carácter económico.
El proyecto crea un registro al amparo del Servicio de Registro Civil, al cual los tribunales de justicia deben despachar la información cada vez que dispongan la orden de detención de un ciudadano.
Este registro incluirá los imputados que han sido declarados rebeldes, es decir, quienes se fuguen estando sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva, el condenado que no se presenta a cumplir su condena, quien estando dentro del recinto penitenciario se fuga y, también, a quien se le revoca una medida alternativa y no concurre al recinto penitenciario a cumplir su condena.
Cuando la persona afectada se presente ante tribunales, el juez debe oficiar para que sea eliminada de ese registro y el Registro Civil tendrá un plazo de 12 horas para eliminar a la persona del registro.