El Primer Juzgado Civil de Valdivia dio a conocer este sábado su condena contra la empresa Celulosa Arauco, por el daño ambiental que generó su planta Valdivia en el Santuario de la Naturaleza Río Cruces, ocurrido a fines de 2004.
La causa se refiere a una demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado, cuya investigación se extendió por casi diez años. En un fallo de 163 páginas, la jueza Gloria Hidalgo sostuvo que la única causa del daño ambiental es el vertimiento ilícito de riles al caudal del Río Cruces, lo que no estaba permitido por la Resolución de Calificación Ambiental que autorizó el funcionamiento de la planta.
La sentencia establece que hubo dolo en la acción, puesto que la compañía desarrolla una actividad de gran magnitud que conoce a la perfección, y añade que el daño consiste en la muerte y desaparición –sin regeneración- del luchecillo, la muerte y emigración de los cisnes de cuello negro, el impacto en el ecosistema en su conjunto, la pérdida de su diversidad biológica y de su valor paisajístico.
El tribunal condenó a Celulosa Arauco a tomar una serie de medidas para conservar el Santuario de la Naturaleza, cuyo costo deberá ser asumido por la empresa. Entre otras acciones, ésta deberá hacer estudios sobre las condiciones actuales del humedal y crear un humedal artificial con ejemplares de especies representativas de la zona.
Asimismo, la compañía deberá desarrollar un monitoreo medioambiental y establecer un centro de investigación de humedales, idea que fue propuesta por la propia compañía durante el proceso judicial.
La sentencia indica que los perjuicios causados tendrán que ser pagados por Celulosa Arauco mientras se cumpla la sentencia y que los montos se definirán cuando esto se concrete.