Controversia generó en las instituciones de patrimonio el llamado de resguardo que se hizo desde la Municipalidad de Santiago, acerca de los inmuebles declarados con conservación histórica de la comuna.
Lo anterior, porque el edificio que se usó como ejemplo está hace 5 años sin llevar a cabo las obras que se tenían planeadas desde que el edil del momento le otorgara los permisos para la construcción.
Según se señala en la ley, si el propietario de la inmobiliaria a cargo no realiza la edificación dentro de los 3 años siguientes, el permiso caduca, sobre todo si el inmueble tiene categoría patrimonial, como es el caso del edificio de Morandé con Rosas, al que se le adjudicó dicha condición cuatro meses después de haber entregado la licitación a la empresa, el 25 de enero de 2008. Así explica el presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad, Patricio Herman:
“De acuerdo a las normas vigentes de vivienda y urbanismo si el permiso de edificación fue otorgado antes de la declaratoria de conservación histórica en su instrumento normativo y en atención a que los permisos de edificación tiene una máxima legal de 3 años, como está el inmueble ahora erguido, eso caducó, y por lo tanto ya no se puede obtener otro permiso de edificación porque el inmueble es de categoría histórica”, sostuvo.
No obstante, la ley de patrimonio chilena permite ciertos artilugios que extienden el periodo de edificación. Según la presidenta del Comité de patrimonio del Colegio de Arquitectos, Ana Paz Cárdenas, éstos consisten en realizar trabajos menores en los inmuebles entregados. “Existe el artículo en la ley que dice que los permisos caducan a los 3 años, pero la mayoría de las empresas usan unos artilugios para aumentar el periodo. Si ellos realizan algún tipo de movimiento dentro del predio lo que hacen es prolongar este permiso, ya que está ejecutando unos trabajos menores, y según tengo entendido eso fue lo que ocurrió en este lugar, pues tiene un anteproyecto que es anterior y más amplio que el mismo edificio”.
El problema expone la experta es que la normativa que existe en el país es de 1925, por lo que no representa las necesidades que existen actualmente. Ana Paz Cárdenas sostuvo que la única posibilidad de resguardo es declarar a este tipo de edificaciones como monumentos nacionales o zona típica, pues “la ley no tiene la fuerza para detener a las inmobiliarias que ejercen bastante presión y no respetan nuestro patrimonio”, contó.
Otros de los reveses es que el ministerio de cultura que está en proceso de creación sólo modifica de manera vaga la normativa al respecto, por lo que las instituciones dedicadas al tema ven con lejanía una modificación que cuide el patrimonio del país.