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Justicia rechaza prescripción en compra de tanques Leopard

Diario Uchile

  Lunes 31 de marzo 2014 16:16 hrs. 
tanque leopard

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La Corte Suprema acogió recurso de casación y ordenó continuar con la investigación por el delito de malversación de caudales públicos, en la compra de tanques Leopard, a fines de la década de 1990.

En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas, acogieron la presentación del Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de la decisión del ministro en visita Manuel Antonio Valderrama, quien aplicó la prescripción para cerrar el proceso.

La sentencia del máximo tribunal determina que no se encuentra acreditado una fecha cierta que permita determinar el plazo para aplicar la prescripción, en la investigación por malversación de caudales públicos, que se derivó del denominado “caso Riggs”, el que aún se encuentra en etapa de sumario.

En el 2005, una empresa holandesa confirmó que pagó 1,6 millones de dólares a una sociedad representada por el ex albacea de Pinochet, Óscar Aitken, quien presuntamente entregó la coima al brigadier (r) Gustavo Latorre Vásquez, quien es el único acusado por el delito de malversación de caudales públicos.

“Que los hechos que el tribunal calificó como constitutivos de la causal de extinción de la responsabilidad penal de que se trata fueron controvertidos por el Consejo de Defensa del Estado en su presentación de fojas 8.142, en especial la fecha de comisión del delito, por cuanto entiende esa parte que correspondería al momento en que los acusados recibieron importantes sumas de dinero producto de las negociaciones cuestionadas en que intervinieron en razón de sus cargos, cuyos efectos habrían persistido al menos hasta el año 2006. También discrepa dicho litigante respecto del momento en que ha de estimarse que la investigación se dirigió en contra de los encausados, ya que mientras el fallo impugnado postula la tesis del procesamiento, el acusador particular sostiene que los hechos fueron puestos en conocimiento del tribunal con mucha antelación, todo lo cual consta del proceso Rol 1649-2004 denominado “caso Riggs” del que derivó esta investigación, y que abarca los flujos de dineros de las cuentas de las sociedades Cornwall Overseas Corp y Eastview Finances, pertenecientes a Oscar Aitken, de donde surgen los depósitos con que los acusados de autos se habrían beneficiado”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Estos hechos, determinantes para resolver la concurrencia de los requisitos que tornan procedente la prescripción de la acción penal, hasta ahora no se encuentran claramente establecidos en autos, por lo que a este respecto ha de esperarse el pronunciamiento de fondo en el fallo definitivo, máxime si en la denominada arista “Riggs” de esta causa pueden surgir nuevos datos acerca de la fecha de comisión del delito y actos que tengan el mérito de interrumpir la prescripción. Por otro lado, también se obvió el hecho que la defensa de Latorre Vásquez -único acusado que promueve la excepción de prescripción-, incumplió la carga que le impone el artículo 435 del Código de Procedimiento Penal de acompañar los documentos justificativos de los hechos en que se funda o de indicar nominativamente las diligencias del sumario que los acreditan, lo que dota de un razonable y necesario grado de certidumbre y determinación al presupuesto tanto material como normativo de la aplicación del ordenamiento invocado”.

“En estas condiciones, esta Corte tendría que abocarse a precisar hechos a los que pueda asociarse una consecuencia de certeza y seguridad como la que se exige en los artículos 93 N° 6, 95 y 96 del Código Penal, de manera que pueda concluirse fehacientemente la data de comisión del delito y desde cuando el proceso se ha dirigido en contra de los encausados, para de ese modo rechazar o admitir la prescripción con que se ha beneficiado a los enjuiciados, circunstancias que no se han aclarado hasta ahora en el proceso”, continúa la resolución, la que ordena que:

“SE REVOCA la sentencia apelada de dieciocho de enero de dos mil trece, escrita a fojas 8.154 y en su lugar se declara que se rechaza la solicitud de prescripción planteada en lo principal de fojas 8.098, en representación del procesado Gustavo Latorre Vásquez, debiendo continuarse la tramitación del asunto hasta la dictación, en su oportunidad, del fallo definitivo”

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