En el contexto internacional donde Chile debe responder a las 185 recomendaciones realizadas por 84 Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ONU), en el marco del Examen Periódico Universal (EPU), el Tribunal Constitucional se pronunció por segunda vez, para dar a conocer la sentencia en la que resuelve que la jurisdicción militar en casos relacionados con delitos comunes no debe inteferir, sino más bien, ser derivados a los tribunales ordinarios.
Esta sentencia es a raíz de la querella presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por las torturas que el ex Carabinero Marcos Antilef sufrió a manos de sus compañeros de servicio por su condición de mapuche, hecho que lo dejó en estado tetrapléjico.
Anterior a ello, el TC decretó que en el caso del arquitecto Enrique Eichin, quien perdió un ojo por el accionar de Carabineros durante una manifestación en abril de 2013, los tribunales militares no debían proceder, derivando el caso a lo civil.
Al conocer ambas sentencias, se habló que esta era una señal del accionar de los tribunales, un primer paso hacia la consolidación de la justicia en los juicios, situación que fue negada por expertos y los propios afectados.
Enrique Eichin afirmó que aunque la Asociación de Magistrados haya hecho un mea culpa por el rol jugado por los jueces durante la dictadura, el que los Fiscales y los Defensores Públicos se resistan a investigar violaciones a los derechos humanos es también un acto de denegación de justicia.
El 2005 la Corte Interamericana le solicitó a Chile introducir reformas que impidieran que la Justicia Militar procesara civiles. Nueve años después, nada de esto ha cambiado, y en cifras el 90 por ciento de los casos que involucran a civiles se resuelve a favor de los militares.
En este sentido, Eichin es enfático en hacer sus precisiones sobre la Justicia Militar. “Se hizo para proteger prácticamente los abusos y los atropellos a los derechos humanos. Entonces es inconcebible que ya todavía a casi nueve años de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Chile todavía siga procesando a civiles o investigando casos de violaciones a derechos humanos en estos tribunales”, afirmó.
Además insistió en las falencias del Tribunal Constitucional, a quien llamo “resabios de la dictadura de Pinochet”, el arquitecto agreó que ésta es “ una instancia más para proteger prácticamente el statu quo de que existe a nivel de sistema en cuanto a los derechos de los ciudadanos”.
No sólo los casos mencionados se han enfrentado a la Justicia Militar. Los pueblos originarios y en particular integrantes del pueblo mapuche, en varias ocasiones fueron investigados por tribunales mlitares, pese a que en el último tiempo ha sido el Ministerio Público y la Fiscalía los encargados de llevar este tipo de procesos. Sin embargo, esto no ha sido garantía de equidad, el caso del machi Celestino Córdoba y a pesar que no se aplicó la ley Antiterrorista su abogado defensor aseguró que se violó el debido proceso y no tuvo un juicio justo.
Giovanna Tabilo, vocera del machi Celestino Córdoba explica que “como pueblo mapuche han sido constantemente reprimidos y vulnerados”. “El Estado no se ha hecho responsable del respeto mínimo de los derechos humanos que requiere nuestra gente” aseguró y ejemplificó con la situación que hoy vive Córdoba: “Nosotros como pueblo tenemos derecho a la vida a la integridad física y en este caso nuestro machi que está encerrado en un recinto penitenciario común, sin acceso a la naturaleza, no puede ejercer su condición de machi, el necesita tomar contacto con los espíritus de la naturaleza tener una condición de equilibrio y en este momento no existe, él lleva más de un año detenido” y eso pone en serio riesgo su integridad física afectando también a su comunidad que se quedó sin líder religioso.
La abogada de la Defensoría Popular María Rivera afirma que estas atribuciones de la Justicia Militar son un tema que han debido enfrentar desde hace varios años y reconoce que hasta hoy solo han conseguido un auto de procesamiento en contra de un Carabinero que se encuentra en tabla de la Corte Marcial, decretado por la Quinta Fiscalía Militar.
Si bien la abogada valoró la sentencia del Tribunal Constitucional, aseguró que “Nos parece evidentemente que en ese marco, en esa materia el Estado chileno está absolutamente atrasado que no ha habido avances, que este segundo fallo del Tribunal Constitucional es una muestra, es una buena muestra que exista la posibilidad y de que quienes tenemos la tarea y perseguimos que los juzgados ordinarios juzguen y dicten condenas en contra delos uniformados es viable completamente”.
En relación a los tribunales ordinarios de justicia, la abogada de la Defensoría Popular sostuvo que también ha habido problemas para obtener justicia en el marco de la protesta social, pues la mayoría de las querellas por torturas o agresión por parte de las policías o de quienes resulten responsables no han tenido un rápido juicio en el Ministerio Público, aseguró la defensora.