Multa histórica contra SCA por colusión del papel tissue


La noche del jueves, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia emitió resolución en la causa que lleva la Fiscalía Nacional Económica contra las empresas CMPC, también conocida como “La Papelera” y SCA Pisa sobre  colusión en el mercado del papel tissue.

Si bien, SCA Pisa se acogió a la llamada delación compensada, esto es, una autodenuncia ante la Fiscalía Nacional Económica  a cambio de un beneficio que puede consistir en la reducción o, incluso, la exención de una multa. En el caso de SCA, al haberse acogido al beneficio después que CMPC,  el Tribunal De Libre Competencia resolvió de todas formas una sanción correspondiente a una multa de 20.000 UTA,  más de once mil millones de pesos.

Este monto es el máximo que había sido solicitado por la  Fiscalía Nacional Económica (FNE). Además el Tribunal desestimó la tesis de coacción impulsada por SCA, por lo que CMPC se eximió de multa.

Por otra parte, se ordenó a ambas empresas la creación de un programa de cumplimiento en materia de libre competencia, el que debe incluir, entre otras cosas, la creación de un Comité de Directores para nombrar un encargado de cumplimiento y de la reforma de los estatutos sociales.

En octubre del 2015, la Fiscalía Nacional Económica  denunció ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a las empresas CMPC y SCA (ex PISA), por haberse organizado en una suerte de cartel con el fin de asignar cuotas de mercado y fijar precios de venta de sus productos, lo que habría efectivamente sucedido por más de 10 años.

Mediante este acuerdo, CMPC y SCA Chile o PISA, subieron los precios y mantuvieron así, estables sus participaciones de mercado en el negocio masivo junto con fijar los de los productos que ellos comercializan y que son de primera necesidad para las personas, esto es,  papel higiénico, toallas de papel, servilletas, pañuelos desechables y faciales.

En horas de la tarde, la empresa multada anunció que, respecto de la resolución del Tribunal de Libre Competencia, “solicitaremos a la Corte Suprema que la revoque y que, conforme al mérito de la abundante prueba aportada al proceso, exima de toda multa a SCA Chile”. Además, criticó la diferencia que estableció el Tribunal respecto de CMPC, especialmente si se considera, según SCA, que en la resolución se acogió una parte central de su posición, en el sentido que fue CMPC quien organizó la colusión “en su calidad de actor cuasi monopólico en el mercado del tissue”.

Para finalizar, SCA señaló que “seguirá trabajando intensamente para evitar que se repitan prácticas anticompetitivas, las cuales no son toleradas por nuestra compañía, y son absolutamente contrarias a nuestras políticas corporativas y al compromiso que tenemos con nuestros consumidores”.





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