Corte admite recurso de Pueblos Atacameños por acuerdo Corfo SQM

El Consejo de Pueblos Atacameños había iniciado la acción judicial debido a que no se llevó a cabo la consulta indígena prevista en el Convenio 169 de la OIT.

El Consejo de Pueblos Atacameños había iniciado la acción judicial debido a que no se llevó a cabo la consulta indígena prevista en el Convenio 169 de la OIT.

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de las comunidades de Atacama por el  acuerdo entre Corfo y SQM para la explotación de litio en el Salar de Atacama.

Ahora, comienza a correr un plazo de cinco días para presentar ante el Tribunal de Alzada los antecedentes del acuerdo que motivó la acción judicial por parte de los demandantes.

El Consejo de Pueblos Atacameños y otros grupos alegan la falta del trámite de consulta indígena en la firma del convenio entre el organismo y la empresa minera no metálica, lo que constituye una falta al Convenio 169 de la OIT. También denuncian que el acuerdo transgrede las normas de la Constitución Política en relación al derecho a la vida e integridad física  y a vivir en un ambiente libre de contaminación.

 Las comunidades también pidieron que se decrete orden de no innovar con el fin de que se paralicen los efectos del contrato mientras la causa esté siendo revisada por los tribunales, lo que será resuelto en los próximos días.




Presione Escape para Salir o haga clic en la X