Derechos de Agua: ¿Propiedad privada o derecho humano?

Los ministros de Agricultura y Obras Públicas en las comisiones de Agricultura y Recursos Hídricos del Senado anunciaron que presentarán indicaciones sustitutivas al proyecto de reforma al Código de Aguas para mantener la certeza jurídica de los derechos de uso. Dicha discusión se contrapone al desabastecimiento que viven cientos de personas producto de la sobreexplotación del recurso y la falta de planificación de uso de las cuecas hidrográficas.

Los ministros de Agricultura y Obras Públicas en las comisiones de Agricultura y Recursos Hídricos del Senado anunciaron que presentarán indicaciones sustitutivas al proyecto de reforma al Código de Aguas para mantener la certeza jurídica de los derechos de uso. Dicha discusión se contrapone al desabastecimiento que viven cientos de personas producto de la sobreexplotación del recurso y la falta de planificación de uso de las cuecas hidrográficas.

Certeza jurídica para propietarios de derechos de agua. Esto dejó de ser un slogan de campaña y pasó a ser una estrategia del gobierno, ya que el resguardo que se pretende dar a los dueños del agua confirma que la sobreexplotación del recurso no es un tema relevante para la actual administración.

El gobierno de Sebastián Piñera, en estos primeros cien días, ha sido el contra discurso de la sustentabilidad, pues ha intentado manipular la decisión del Servicio de Evaluación Ambiental para que se autoricen tronaduras en la Minera Invierno, yacimiento de Carbón ubicado en Isla Riesco de Magallanes.

Se retrotrajo el proyecto Dominga a la etapa de discusión y decisión de la Comisión de Medio Ambiente Regional, que hoy está conformada por los Seremis de Gobierno y que, eventualmente, podría dar un dictamen favorable a la iniciativa minera, rechazada antes por no contar con una línea de base que aborde los impactos ambientales que podría provocar un puerto en una costa con una biodiversidad única.

En esta línea, el Código de Aguas se ha trasformado en un gallito para los grandes empresarios agrupados en la Sociedad Nacional de Agricultura y el Consejo Minero en contra de quienes ven este recurso natural finito como un Derecho Humano. Es necesario recordar que en Chile hay 101 cuencas hidrográficas, de las cuales 75, entre el 2008 y 2015, se han decretado con escasez.

El Código de Aguas fue creado en un contexto agrícola, con una visión extractivista en la que Chile se perfilaba como un banco de recursos naturales para el mundo, y sumado a esto, en el momento de su creación, se comenzaba con la imposición constitucional de uno de los modelos neoliberales más profundos de Latinoamérica.

En lugares como Antofagasta, por ejemplo, el 70 por ciento de los derechos de aguas pertenecen a la gran minería, lo que no permite gestionar el agua. Esto explica el que las cuencas hídricas de Chile no tengan control del uso ni menos sepamos quiénes son los dueños de los derechos.

Que los derechos de agua sean privados impide al Estado tener un rol activo dentro de la fiscalización, gestión y control de las aguas que se utilizan en las diferentes cuencas hidrográficas. Aspecto que lo mantiene como un poder pasivo frente a la acción de los privados, que utilizan su propiedad de derechos para gestionar según sus intereses y en desmedro de las comunidades, quienes en diferentes lugares de Chile deben recibir el recurso vital por medio de camiones aljibes.

El ministro de Obras Públicas, Juan Andrés Fontaine, compareció ante las Comisiones de Agricultura y Recursos Hídricos del Senado. En la ocasión dijo que la reforma al vetusto Código “introduce cambios que en nuestra opinión lesionan la seguridad jurídica de los derechos de agua al establecer mecanismos de caducidad y al lesionar la seguridad jurídica de los derechos de agua, de paso dañan también el buen funcionamiento del mercado de agua, por eso estamos preparando una indicación sustitutiva del proyecto de reforma al código de aguas”. La posición del Ministro demuestra que el interés del gobierno, bajo ningún punto de vista, es fomentar el buen uso del recurso, sino resguardar su sobreexplotación.

Es más, a lo que refiere Fontaine dice relación con el diez por ciento de los derechos de agua que quedan por otorgar, ya que el articulado de la reforma no toca en nada la propiedad perpetua que hoy existe. Por otro lado, la caducidad es para quienes tengan el uso de los derechos de agua y no los hagan efectivos en un periodo de treinta años, lo que aleja la posibilidad de que estos derechos sean regresados al estado una vez entregados.

Antonio Walker, ministro de Agricultura, propietario de derechos de Agua por un total de 160.45 l/s, a través de su empresa Wapri en Teno y Río Claro; adelantó que entre los cambios que introducirán a la reforma al Código está volver al concepto de “dueños de derechos”, lo que representaría un título de dominio sólido.

En esta línea, el que Walker sea uno de los ministros sectoriales implicados en la discusión sobre Código de Aguas abre la duda sobre un nuevo caso de conflicto de interés en la administración Piñera.

En este escenario, queda la acción parlamentaria como única alternativa para que se resguarde el agua como un derecho humano, ya que este proyecto, que lleva más de seis años en el Congreso, hoy se encuentra en segundo trámite en la comisión de Agricultura del Senado, a la espera de la arremetida del gobierno que pretende mantener la institucionalidad de la dictadura.





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