Los escandalosos fallos de la Corte Suprema que otorgaron libertad condicional a siete reos de Punta Peuco condenados por delitos de humanidad, marcaron la agenda judicial de esta semana en materia de Derechos Humanos.
La decisión fue tomada por los ministros de la Segunda Sala Penal del Máximo Tribunal, Hugo Dolmestch, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y los abogados integrantes María Gajardo y Ricardo Abuauad.
Ante el rechazo que generó la medida, principalmente para las agrupaciones de familiares de las víctimas, el nuevo presidente de la Sala Penal de la Corte, Hugo Dolmestch, sinceró las posturas: el arrepentimiento de los condenados y su cooperación eficaz en las investigaciones no son un requisito para acceder a beneficios penitenciarios. El criterio no solo prevaleció para estos amparos, sino que será la línea que se seguirá para resolver los siguientes de estas características, aclaró el ministro.
Si bien la atención ha estado puesta en su figura por el giro que estaría dando en relación a su antecesor, el ministro Milton Juica, quien jubiló en junio pasado, la información detrás de los abogados integrantes también resulta reveladora a la hora de analizar hacia dónde se inclina la balanza en las votaciones. Y, en este caso, especialmente respecto de Ricardo Abuauad Dagach.
La posición del abogado de la Universidad Católica de Valparaíso siempre fue favorable a otorgar libertad condicional para los siete condenados. Incluso, determinante en los casos en que no hubo unanimidad.
De los dos amparos que se resolvieron el pasado martes, en el caso de Moisés Retamal Bustos se adoptó por un 3-2, con los votos de mayoría de Dolmestch, Valderrama y Abuauad y las posiciones en contra del ministro Dahm y la abogada Gajardo.
En el caso de Emilio de la Mahotiere, el piloto del helicóptero de Sergio Arellano Stark en la Caravana de la Muerte, la Corte ordenó por mayoría que nuevamente fueran evaluados sus antecedentes por la Comisión de Libertad Condicional, con voto de minoría de Dolmetsch y Abuauad, quienes fueron partidarios de otorgarle la libertad inmediata.
Además de su desempeño en la Corte Suprema, hoy el abogado integra -junto a once profesionales- el estudio jurídico Abuauad, Zamora y Cía, con sede en el centro de Santiago.
Uno de sus colegas es Tomás Zamora Maluenda, coronel en retiro de Carabineros que fue procesado en calidad de autor por el delito de homicidio simple por la muerte de Lina Garay Tobar, ocurrida en Valparaíso, en 1983.
En julio de 2016, Zamora fue procesado junto a otros trece funcionarios policiales por orden del ministro en visita extraordinario en causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia (revisar documento).
En el documento, al que tuvo acceso nuestro medio, se detalla que la noche del 11 de agosto de 1983 ingresó un grupo de carabineros -pertenecientes a la séptima comisaría de Fuerzas Especiales- a la población Montedónico de Playa Ancha, disparando sus armas de fuego. Lina Garay recibió un disparo que traspasó una de las paredes de material ligero de su vivienda, impactando en su cráneo. Su muerte fue inmediata.
La resolución del ministro Arancibia se fundó en una serie de informes policiales que daban cuenta de las diversas diligencias que se realizaron en el marco de esta indagatoria, declaraciones entregadas por testigos, antecedentes sobre la víctima y requerimientos hechos por la fiscal judicial Beatriz Pedrals para esclarecer los hechos que se denunciaban.
Los procesados fueron detenidos por la Brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones (PDI) y, aunque por pocos días, estuvieron en prisión preventiva.
Sin embargo, casi cinco meses después, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso -integrada por las ministras Eliana Quezada, María del Rosario Lavín y por el abogado integrante Hugo Fuenzalida- dejó sin efecto el procesamiento. Señalaron que los antecedentes recogidos “hasta el momento no permiten establecer presunciones fundadas para estimar que los inculpados han tenido participación en el delito investigado como autores del mismo”.
En su carrera profesional, el socio del abogado integrante de la sala que otorgó la libertad condicionales a los reos de Punta Peuco también ha defendido a ex miembros de la policía uniformada en causas de Derechos Humanos. Un caso fue su defensa de los carabineros en retiro Hans Eduard Schernberger Valdivia, José Hernán Godoy Barrientos y Robert Santiago Teylorl Escobar, quienes fueron condenados por el delito de secuestro calificado cometido en contra de los hermanos y militantes socialistas Héctor y Guido Barría Bassay, en 1973, en el llamado “Episodio de Río Negro” de Osorno.
Contactado por nuestro medio, el abogado Rodrigo Abuauad señaló que por su calidad de abogado integrante de la Corte Suprema no comentaría el fallo en cuestión ni esta situación particular, mientras que el abogado Tomás Zamora indicó que no mantenía ninguna causa judicial pendiente. Estas declaraciones las hicieron llegar a través del abogado administrador del estudio jurídico aludido en este artículo.