Fallo histórico: TC descarta la aplicación de prisión contra representante de radio comunitaria

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional asignar una pena privativa de libertad contra el representante legal de la estación Aukan de San Fernando, la cual mantenía una denuncia por estar al aire sin autorización de la autoridad correspondiente.

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional asignar una pena privativa de libertad contra el representante legal de la estación Aukan de San Fernando, la cual mantenía una denuncia por estar al aire sin autorización de la autoridad correspondiente.

Como un fallo histórico fue calificada la resolución que informó recientemente el Tribunal Constitucional (TC) y que se refiere a no penalizar con cárcel al responsable de la radio comunitaria Aukan de San Fernando, Francisco Orellana.

El órgano jurisdiccional acogió un recurso de inaplicabilidad presentado por dicho medio local, representado por abogados de la Defensoría Popular, declarando inconstitucional el Artículo 36 B de la Ley de Telecomunicaciones, que sanciona con privación efectiva de libertad de hasta por tres años a él o los responsables de la radiodifusión sin licencia.

Uno de los directores de la radio Aukan, Christian Palominos, además de celebrar la decisión judicial, aseveró que el fallo puede significar un precedente para otras radios comunitarias del país que son perseguidas solo por emitir señal local.

“La moral está alta y más aun con esta noticia que nos llena de satisfacción. No solamente por, digamos, haberle torcido el brazo al Estado, sino que también abrimos el camino a las otras radios comunitarias que han pasado por lo mismo. Agradecer a ellos lo que han hecho antes que nosotros, porque todos esos antecedentes han servido para poder lograr lo dictaminado por el Tribunal Constitucional”, afirmó.

La radio Aukan nació el año 2011 en la ciudad de San Fernando, sin embargo, en 2016 fue denunciada por difusión ilegal ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, quien realizó el procedimiento legal correspondiente y requisó la totalidad de los equipos de estudio y la antena que se utilizaba para emitir la señal, sometiendo a juicio a su representante legal.

Christian Palominos indicó que después de los hechos, se reunieron con representantes de la Subsecretaría del ramo del gobierno anterior, quienes decidieron devolver los equipos y asignar un nuevo dial provisional para operar, sin embargo, permanecía en curso la acción judicial, que quedó finalmente resuelta con la reciente decisión del Tribunal Constitucional.

“Una radio comunitaria es como una piedrita en el zapato para los que están adscritos a la Asociación de Radiodifusores de Chile (Archi), que es como una especie de mafia, así lo entendemos nosotros, porque la ley está hecha para fomentar el tema comercial, más allá de anexos referidos a promover la educación, cultura, música local, no existe nada de eso”.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos alertó hace unos años, a través de un informe, la situación de libertad de expresión en Chile, señalando avances y retrocesos para la promoción y la defensa del derecho a la comunicación en diversos ámbitos.

El informe señala que ve con preocupación la vigencia del ordenamiento que sanciona criminalmente a la radiodifusión comunitaria, y que constituye una reacción desproporcionada. Además, valora el esfuerzo por cambiar el marco legal al incluir la modificación del Artículo 36 B en el proyecto de ley que crea la Superintendencia de Telecomunicaciones, que actualmente se encuentra en segundo trámite legislativo.





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