Luego de cuatro meses de revisión en la Contraloría, este martes se publicó, en el Diario Oficial, el nuevo protocolo que regula la Ley de Aborto en tres causales.
El documento viene a reemplazar al anterior, elaborado por el Ministerio de Salud a días de asumir el Presidente Sebastián Piñera y que no sólo le costó el rechazo del órgano contralor, sino que también una interpelación al titular de la cartera, Emilio Santelices.
Esto, ya que en el nuevo protocolo se eliminaba la restricción a instituciones privadas que reciben dineros del Estado para ser objetoras de conciencia, lo que generó un fuerte rechazo de la oposición, organizaciones feministas y la sociedad civil.
De esta forma, a casi un año de promulgada de ley, el nuevo reglamento establece que “los establecimientos privados de salud, que hayan suscrito convenios regidos por las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, no podrán ser objetores de conciencia cuando contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología que por su naturaleza comprendan atenciones en pabellón”.
En tanto, respecto de la objeción individual “podrá ser invocada por el médico cirujano y/o personal médico que corresponda desarrollar sus funciones en pabellón quirúrgico de forma previa y escrita”. Sin embargo, ésta también tendrá algunas restricciones como la causal de peligro de vida de la madre.
“Si la mujer requiere atención inmediata e impostergable, y se encontrare en la causal del Nº1 del inciso primero del artículo 119 del Código Sanitario, quien haya manifestado la objeción de conciencia no podrá excusarse de realizar la interrupción del embarazo, cuando no exista otro médico cirujano que pueda realizar la misma intervención”, señala el documento.
Para el diputado de Renovación Nacional, Andrés Celis, si bien el nuevo protocolo es claro, aún hay algunas ambigüedades: “Este reglamento cumple y fue visado absolutamente por la Contraloría General de la República, lo he leído detenidamente y me parece que hay que hacer algunas precisiones. Primero ¿Qué ocurre si en una institución pública son todos objetores de conciencia? En eso creo que tiene que crearse algún mecanismo donde haya gente que no sea objetora de conciencia”, dijo.
La presidenta de la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, Loreto Carvajal, si bien calificó el nuevo reglamento como un avance, criticó la demora de su publicación.
“Lamentamos el retardo porque ha significado una falta de atención en estas prestaciones a las mujeres, pero con la presentación que hicimos a la Contraloría, con las gestiones que hicimos las mujeres de oposición, estamos satisfechas que se restituya ese derecho”.
Mientras, la diputada PPD Cristina Girardi lamentó que el Gobierno se haya visto obligado a cumplir con la ley, junto con advertir sobre posibles maniobras, por parte de las clínicas, para torcer la legislación vigente “Es necesario fiscalizar cómo estas instituciones privadas podrían tratar de bypasear la ley, cómo pueden tratar de mantener los recursos del Estado sin cumplir con la norma, y eso hay que vigilarlo muy cercanamente”.
El nuevo reglamento establece que tanto los médicos como las clínicas deberán formalizar su objeción de conciencia en un plazo de 15 días.
Además, el Ministerio de Salud deberá mantener en su sitio web un listado actualizado de todos los establecimientos que decidan no practicar abortos en alguna de las tres causales específicas.