En 2021, Chile enfrentará siete elecciones de distintos representantes, desde quienes integrarán la Convención Constituyente hasta la o el nuevo Primer Mandatario.
Dadas las complejas circunstancias sanitarias que seguimos enfrentando y la falta de certeza sobre la existencia de una vacuna que haga segura una votación presencial, es que la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados avanza en un proyecto para modernizar la Ley Electoral en orden a avanzar en materia de voto anticipado, posibilidades de ejercer el derecho a sufragio mediante vías electrónicas o de entregar facilidades a quienes se encuentren impedidos de comparecer personalmente a los centros de votación sea por enfermedad, hospitalización o cuarentena preventiva.
“Hemos trabajado junto al Ejecutivo y el Servel y ha habido bastante transversalidad en abordar muchos de esos temas que son variados”, nos explicó al teléfono la diputada DC Joanna Pérez, presidenta de la Comisión.
Uno de los temas que ha tratado la Comisión y que vendría a modificar la normativa en materia de elecciones, dice relación con la adecuación del padrón electoral para cada acto cívico, que pretende dejar fuera a las personas fallecidas. Para ello, se elaborará una nómina especial para mayores de 90 años sin cédula de identidad vigente y que no hayan participado en dos elecciones anteriores, para lo que existirá un plazo de reclamación.
Sin embargo, el tema que afecta una mayor sensibilidad es el propuesto por la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y de Londres 38, que busca que en los padrones electorales se haga reconocimiento a las personas en situación de Detenidos Desaparecidos, identificándolos como “Persona Ausente por Desaparición Forzada”.
“Hicimos un acápite especial para reconocer a las personas que son materia de derechos humanos, para que se las reconozca en el padrón de esa manera y que no están presentes por no haberse resuelto aún su situación jurídica”, explica la parlamentaria consultada sobre el tema.
“Fueron las mismas agrupaciones de derechos humanos las que nos hicieron presente este tema y lo trabajamos con diputados de oposición y la colaboración del ministro Monckeberg, por eso lo incorporamos en la ley”, agregó.
Durante las sesiones de discusión y exposiciones celebradas en agosto, la Comisión escuchó a Erika Hennings, Miembro de la Mesa de trabajo de Londres 38, y a Lorena Pizarro, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos.
Ambas explicaron a los diputados la necesidad de entregar un reconocimiento a los detenidos desaparecidos y no optar simplemente por excluirlos del padrón, ya que su estatus civil es indeterminado, debido a la falta de un estado civil específico que represente su situación.
“No hay reconocimiento de la desaparición. Si bien no se han reconocido sus muertes ni cuándo los mataron, ni quiénes ni cómo, tampoco se puede negar su detención y desaparición forzada por responsabilidad del Estado, pues eso es algo que sí ha sido probado en los Tribunales. Por lo tanto, no puede el Estado hacer como si nada ni mucho menos desplazar la responsabilidad en los familiares sobrevivientes para que declaren presuntamente su muerte”, señaló Erika Hennings.
Por su parte, Lorena Pizarro en entrevista con Diario y Radio Universidad de Chile, manifestó que la creación de un padrón especial para detenidos desparecidos es un viejo anhelo de las agrupaciones defensoras de los derechos humanos que data de la modificación legal del año 2012, en la que se estipuló que la inscripción en el registro electoral es automática y el voto voluntario.
“Cuando se inició el sistema de inscripción automática y voto voluntario, nuevamente surgió el tema de las víctimas de desaparición forzada, cuya condición legal es que no están ni vivas ni muertas”, explica la dirigenta.
“La forma de exterminación de nuestros familiares fue la desaparición forzada. Es más, aquellos que han sido encontrados siguen siendo víctimas de desaparición forzada pero en la condición de encontradas. Lo que ocurre con el padrón es que en cada elección hay que actualizarlo y se ha optado por la idea de excluir a los detenidos desaparecidos, que son un número importante de personas que, además, son el reflejo de lo que fue la dictadura. Lo que nosotros pedimos es que no solo en el padrón, sino que, en Chile, producto de la historia represiva, se considere que hay personas vivas, muertas y personas ausentes víctimas de desaparición forzada”.
“Si nuestros familiares no aparecen nunca, entonces, ¿eso significa que siguen vivos? ¿Significa que están muertos? Pero no tenemos certificados de defunción, porque fue el mismo Estado el que los hizo desaparecer. Esto se resuelve asumiendo la existencia de víctimas de desaparición forzada, para que cualquiera de nosotros vaya a buscar un documento que diga que nuestro familiar fue víctima de la desaparición forzada de la dictadura cívico militar, porque eso es lo que son”, detalló Lorena Pizarro.
En la legislación comparada este estado civil existe para resolver temas particulares en Argentina y Uruguay. En el vecino país, la ley 24.321 de 1994 define a los ausentes por desaparición forzada como aquellas personas que, hasta el 10 de diciembre de 1983, hubieran desaparecido involuntariamente del lugar de su domicilio o residencia, sin que se tenga noticia de su paradero. En su artículo segundo, la normativa argentina señala que se entiende por desaparición forzada de personas, cuando se hubiere privado a alguien de su libertad personal y el hecho fuese seguido por la desaparición de la víctima, o si ésta hubiera sido alojada en lugares clandestinos de detención o privada, bajo cualquier otra forma, del derecho a la jurisdicción.
Para Lorena Pizarro, la falta de un estado civil específico que reconozca a los detenidos desaparecidos forma parte de la impunidad con que se han tratado en general los crímenes de lesa humanidad cometidos en la dictadura.
“El Estado no se ha hecho cargo de esto que venimos planteando hace años y no se ha resuelto, porque en Chile sigue sin existir el estado civil de persona víctima ausente por desaparición forzada. Yo estoy viva y tengo un estado civil que da cuenta de esto, mi mamá está muerta y el Estado también lo reconoce. Y mi papá ¿qué es? Es un ausente por desaparición forzada”.
En cuanto a quiénes podrían formar parte de este padrón especial, las agrupaciones de detenidos desaparecidos señalan que debería incluirse a todas aquellas víctimas reconocidas por el Estado como detenidas y detenidos desparecidos sobre la base de los Informes Rettig y Valech.
Nuestro medio consultó a fuentes del Consejo Directivo del Servel respecto de las posibilidades que tiene este órgano para llevar adelante la iniciativa de un padrón especial, sin embargo, declinaron comentar al respecto mientras no haya una resolución a nivel legislativo.
En general, los proyectos que buscan la modernización y actualización de los padrones van a seguir su tramitación en el Congreso y ya están puestos en tabla, según lo manifestó la diputada Joanna Pérez.
“Ya acordamos un itinerario y vamos a poner los temas en tabla. Con el Ejecutivo o sin el Ejecutivo vamos a legislar porque creemos que es necesario y el Servel ha manifestado la voluntad, pero no podemos estar esperando eternamente porque viene un año muy cargado a lo electoral”
Según el calendario aludido por la parlamentaria, se espera que el proyecto que perfecciona la ley electoral y actualiza los padrones de votantes pueda ser revisado la semana que se inicia el 16 de noviembre para que sea totalmente despachado a fines de este mismo mes.