A nueve años del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que establecía que el Estado de Chile había violado el derecho de igualdad y no discriminación, como también el derecho a la vida privada de la jueza Karen Atala, Fundación Iguales advierte que la sentencia no ha sido efectivamente cumplida por parte de Chile ante la falta de capacitación efectiva y permanente a los funcionarios del Estado en materia de Derechos Humanos.
Entre las varias medidas de reparación que indicó la Corte, Fundación Iguales denunció que la que ordena al Estado chileno a “continuar implementando, en un plazo razonable, programas y cursos permanentes de educación y capacitación dirigidos a funcionarios públicos a nivel regional y nacional y particularmente a funcionarios judiciales de todas las áreas y escalafones de la rama judicial”, no se ha cumplido de forma efectiva.
“El Estado de Chile no puede pretender señalar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos haber cumplido con la condena cuando vemos que diariamente muchos agentes del estado vulneran sistemáticamente los derechos humanos y el mandato del organismo internacional es capacitar en Derechos Humanos con nombre y apellido, género, orientación sexual e identidad de género”, afirmó la jueza Karen Atala Riffo, integrante del directorio de la Fundación Iguales.
En la misma línea, la directora Ejecutiva de la Fundación iguales, Isabel Amor, destacó que “ninguna de nuestras demandas están fuera del Estado, todas en alguna medida dependen de la formación en derechos humanos que tengan las personas que trabajan en el Estado”. “La falta de cumplimiento de las medidas de no repetición – esto es, las medidas que debe tomar el Estado de Chile para no discriminar por orientación sexual y/o identidad de género – es el principal motivo por el cual seguimos viendo y viviendo violencia constante por el solo hecho de ser lesbianas, gays, bisexuales, trans o intersex”, enfatizó.
Fallo emblemático
El caso de la jueza Karen Atala Riffo y niñas contra el Estado de Chile fue emblemático para el país y la región, ya que evidenció las aristas discriminatorias en el trato a la comunidad LGTBI en el marco judicial, especialmente en el derecho de familia.
La magistrada logró llevar su reclamo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos luego de que la justicia primaria y la Corte Suprema de Justicia de Chile confirmara la orden de quitarle la tuición de sus hijas, basándose únicamente en su orientación sexual, ya que ésta “pondría a las menores en un estado de vulnerabilidad” según el tribunal.
Luego de varios años de lucha, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló contra el Estado chileno a quien condenó, además de capacitar a funcionarios del Estado en materia de DDHH, a brindar la atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata a las víctimas, además de una indenminización económica. Asimismo, se lo condenó a publicar el resumen oficial de la sentencia en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional, y la totalidad de la misma en un sitio web oficial. Por otra parte, el Estado fue condenado a realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso, el cual fue realizado en diciembre de 2012.
En la actualidad, el Fallo Atala representa una fuente de jurisprudencia efectiva ante los casos de discriminación por orientación sexual por parte de los Estados miembros de la Convención Americana de Derechos Humanos en beneficio aquellas víctimas que hayan sido objeto de discriminación.