Bayer ante demanda en su contra por herbicida cancerígeno: "Dicho reclamo carece de fundamentos"

En una demanda colectiva contra la empresa de origen alemán se afirma que el fármaco Roundup produciría cáncer debido al compuesto glifosato.

En una demanda colectiva contra la empresa de origen alemán se afirma que el fármaco Roundup produciría cáncer debido al compuesto glifosato.

Luego que la Organización de Consumidores y Usuarios (ODECU) anunciara la admisibilidad de la demanda colectiva presentada por el uso del herbicida Roundup, la empresa comercializadora del producto, Bayer, salió a desmentir sus efectos cancerígenos y que fundamentan la acusación contra la empresa de origen alemán.

En la demanda admitida a trámite por el 22° Juzgado Civil de Santiago, ODECU sostiene que el daño causado “proviene del lento -envenenamiento cancerígeno- producido por el glifosato y los productos químicos del Roundup, que es elaborado por Bayer y distribuido y comercializado en Chile por Bayer Chile S.A. y Arysta LifeScience S.A.

Ante esto, la empresa transnacional emitió un comunicado en el que aseguran, los reclamos de los demandantes “carecen de fundamento”.

Según afirma la marca de origen alemán, el glifosato es seguro, al tiempo que afirma que centenares de estudios, no tendría relación alguna con ningún tipo de cáncer.

En un comunicado, la compañía sostiene que “el reclamo carece de fundamentos, tanto legales como de fondo, debido al fuerte perfil de seguridad de los productos a base de glifosato y su rigurosa revisión por parte de la agencia encargada de aprobar su comercialización en Chile. Ello coincide con las conclusiones de las principales autoridades sanitarias del mundo. Por lo anterior, en Bayer confiamos en que la justicia así lo entenderá y desestimará el planteamiento realizado”.

Además, agrega que “los productos en base a glifosato han sido usados por más de cuatro décadas y es uno de los productos más rigurosamente estudiados de su clase. Actualmente la molécula glifosato, que hoy es producida y comercializada por muchas compañías en Chile y el mundo bajo distintos nombres de fantasía, ya perdió su patente y está abierta al mercado”.

Y a pesar que desde ODECU sostienen que en Europa y Estados Unidos se han abierto acciones judiciales para indemnizar a personas afectadas por el herbicida, la compañía sostiene que existen “más de 800 estudios científicos presentados ante las autoridades regulatorias” en la UE y EE.UU. “en relación con el proceso de registro del producto, que respaldan la seguridad del glifosato, en los cuales no se ha establecido relación con el desarrollo de cáncer”.

“En enero de 2020, la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. (EPA) publicó su decisión de revisión provisional del registro del glifosato y declaró que ‘la EPA ha evaluado exhaustivamente el riesgo potencial para la salud humana asociado a la exposición al glifosato y ha determinado que no existen riesgos para la salud humana derivados de los actuales usos registrados del glifosato y que no es probable que el glifosato sea cancerígeno para los seres humanos’”.

Asimismo, puntualiza que “contrariamente al abrumador consenso de las autoridades regulatorias del mundo, en 2015 la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) clasificó al glifosato en la categoría 2A: ‘probablemente cancerígeno’, categoría en la que también se encuentran el café, el mate, la carne, la cerveza, el celular y trabajar en una peluquería”.

Por último, el documento sostiene que “el estudio epidemiológico más reciente y de mayor envergadura –el Estudio de Salud Agrícola independiente de 2018, con el respaldo del Instituto Nacional del Cáncer, que siguió a más de 50.000 aplicadores de pesticidas habilitados durante más de 20 años y fue publicado con posterioridad a la monografía de la IARC- no determinó asociación entre los productos en base a glifosato y el cáncer”.

Bayer puntualiza además que la demanda presentada por ODECU -y que está en proceso de recolección de testimonios en la página de la organización de consumidores- fue contestada oportunamente, antecedentes que deberán ser contrastados en la sede judicial.





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