Corte rechaza recurso de protección de municipio de Quintero por contaminación

Fue rechazado el recurso de protección que la municipalidad de Quintero interpuso en contra de las empresas Codelco Ventanas y AES Gener, por los recurrentes episodios de contaminación en la zona. Agrupaciones sociales acusan fallas en la normativa ambiental que permiten estas resoluciones.

Fue rechazado el recurso de protección que la municipalidad de Quintero interpuso en contra de las empresas Codelco Ventanas y AES Gener, por los recurrentes episodios de contaminación en la zona. Agrupaciones sociales acusan fallas en la normativa ambiental que permiten estas resoluciones.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de protección interpuesto por la municipalidad de Quintero en contra de las empresas Codelco División Ventanas y AES Gener, por supuestos actos ilegales y arbitrarios que afectarían las garantías constitucionales de los habitantes de la comuna.

La municipalidad interpuso ésta acción legal, ya que a su juicio, las empresas referidas perjudican la integridad de los vecinos, específicamente a través de episodios de contaminación ambiental que habrían superado la norma establecida.

El fallo emitido por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso considera que “las emisiones de SO2 registradas por la Estación de Monitoreo de Quintero no superan la normativa establecida para la calidad primaria y secundaria del aire”.

Para el presidente del Consejo Ecológico Puchuncaví-Quintero, Miguel Insunza, los contaminantes más peligrosos no son siquiera medidos, ya que están fuera de la normativa.

En este sentido, el ambientalista señaló que “lo que legalmente está normado es sólo el dióxido de azufre y el material particulado, pero más allá hay otros contaminantes y gases que están fuera de norma, por lo tanto, no significa que lo que es legal sea bueno para la salud de los niños o de la gente. Hay muchas cosas que son legales, pero están causando un daño grave”.

Insunza además acuso que la comunidad se encuentra al margen de los acuerdos para disminuir la contaminación que emite Codelco Ventanas.

“Lamentablemente la comunidad en esto no ha sido considerada como actor importante, ya que son los residentes los dueños y propietarios de sus inmuebles y gran parte del territorio, pero no han sido considerados, como es la política que se aplica hoy y sólo bajan a la comunidad para informar, pero no es considerada para estar en la mesa donde se sacan estos acuerdos. Ya van en el segundo o tercer acuerdo que al final no se cumplen, porque no llegan a nada”, detalló el dirigente medio ambiental.

Por su parte, el presidente de la Agrupación Ecológica Chinchimén, Ricardo Correa, cree necesario modificar la normativa ambiental: “Esas normas son hechas para la empresa Codelco, es decir, Codelco tiene normas propias en los distintos lugares. Al Estado le corresponde evaluar de una vez por todas las normas de emisiones y que las haga cumplir, pero mientras eso no ocurra vamos a estar en esta situación en que la justicia simplemente se elude por la vía del cumplimiento legal”, explicó Correa.

La resolución precisa que “en relación con las emisiones del día 24 de mayo último, la autoridad competente, se encuentra conociendo de Sumarios Sanitarios, con respecto a cada una de las recurridas, los que se encuentran en etapa de investigación”.

Por lo tanto, el fallo establece que lo expuesto es suficiente para el rechazo del recurso de protección, por no constituir actos u omisiones ilegales o arbitrarias las actuaciones que el municipio reprocha.





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