Continuando con el juicio que se inició el 17 de junio, este lunes la defensa del sociólogo Hans Niemeyer presentó los argumentos con lo que buscará convencer a los integrantes del Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago de absolver a su defendido.
Niemeyer fue acusado por la Fiscalía Metropolitana Sur de detonar un artefacto explosivo y fabricar otros tres, por lo que lo formalizó bajo la Ley Antiterrorista.
Por el primer delito, supuestamente cometido en una sucursal bancaria del BCI, en Macul, en agosto de 2011, el Ministerio Público solicita 12 años de presidio efectivo.
Por la elaboración de otras tres bombas, presuntamente utilizadas en una automotora de Vitacura, en el memorial de Jaime Guzmán y en el Camino Las Flores, comuna de Las Condes, la Fiscalía pide 7 años.
Según la defensa del sociólogo, apresado en las cercanías del BCI de Macul, no existen pruebas que vinculen a Niemeyer con la colocación y fabricación de los cuatros artefactos explosivos.
Así lo señaló el jurista de la Defensoría Popular, Rodrigo Román, quien se mostró optimista del desenlace de este juicio: “Hay graves falencias del trabajo pericial de la policía, en relación al tema químico. Hay especulación, faltó profesionalismo, que es lo que sostuvimos por mucho tiempo, entonces esperamos sentencia absolutoria”.
Carlos Fairlie, abogado querellante de la Unión Demócrata Independiente, aseguró que el fiscal Raúl Guzmán, no sólo logró acreditar la participación de Niemeyer en los delitos imputados, sino que también el carácter terrorista de los mismos.
“Aquí estamos frente a una persona que conocimiento distinto, se han acompañado manuales y métodos de construir determinados tipos de bomba. El imputado escogió los lugares, y los colocó, hablamos de la entidad bancaria y la fundación Jaime Guzmán”, dijo.
Este es el cuarto litigio donde el Ministerio Público aplica la Ley Antiterrorista. En los tres anteriores, Caso Bombas, Luciano Pitronello y Carla Verdugo, la Justicia desechó esta figura legal.
Julio Cortés, también abogado de la Defensoría Popular, señaló que el afán de la Fiscalía por imputar esta normativa debiese cesar, ya que “en principio, el uso de explosivos es un delito común, sancionado en algunos casos por la ley de control de armas. Sólo si se acredita su uso con intencionalidad terrorista, pasa a ser aplicable la ley terrorista. Pero el discurso es que toda colocación de artefacto explosivo es terrorista, porque no es posible encuadrarlo en cualquier otro tipo penal”.
Este martes se iniciarán los alegatos de clausura y, entre miércoles y jueves se podría conocer el veredicto del Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, ya sea una resolución condenatoria o absolutoria.