El fallo de la Corte Suprema señala que “en consecuencia, al no concurrir los supuestos de ilegalidad ni arbitrariedad en el acto denunciado, no han podido vulnerarse las garantías constitucionales alegadas, todo lo cual conduce a que la acción cautelar intentada deba ser desestimada”.
De esta forma, el máximo tribunal, en decisión dividida, determinó rechazar los recursos de protección presentados en contra de las Isapres, por las alzas en los planes por concepto de garantías explícitas de salud, GES, vinculado al aumento de patologías AUGE.
Cabe destacar que a mediados de año las Isapres informaron a sus afiliados del aumento en el precio de la tarifa AUGE, como consecuencia de la incorporación de 11 nuevas patologías, se presentaron más de 60 mil recursos por este concepto sólo en Santiago.
Cabe aclarar que este fallo se circunscribe sólo a estos recursos y en ningún caso se vinculan con las alzas anuales, como sostiene el abogado de mesubieronelplan.cl, Eduardo Fernández.
En esa línea, el abogado del portal ciudadano explicó que “hay que circunscribirlo sólo el tema del alza por las garantías explicitas de salud (GES) por todas las patologías AUGE que fue el alza que se aplicó en junio de parte de todas las Isapres y solamente en ese ámbito el alza fue validada por la Corte Suprema, pero todo lo que son las alzas anuales, la llamada Carta de Adecuación sigue plenamente vigente porque ahí no han cambiado las condiciones y la Corte ha seguido manteniendo el criterio de que dichas alzas son arbitrarias”.
Los abogados especialistas aclaran que de todas formas, esta resolución de la Corte Suprema no crea jurisprudencia debido a que nuestra legislación no lo permite.
Esto quiere decir, que en tres años más, cuando suban de nuevo los planes GES de las Isapre, los afiliados que lo deseen pueden presentar los recursos pertinentes y obtener un resultado distinto.
Claudio Verdugo, abogado de “Equidad en salud” llamó a poner atención además en los argumentos de los votos disidentes en el fallo.
El jurista detalló que las razones de los votos disidentes indican que “hace mención por ejemplo a que en el trienio anterior del 2010-2013 las Isapres sólo gastaron aproximadamente la mitad de los recursos que percibieron por el alza GES anterior y existe un remanente de 310 mil millones de pesos, parte de eso lo sostiene el fallo disidente, es decir, que a propósito de eso no existe fundamento para alzar estas 11 nuevas patologías, teniendo en consideración este remanente”.
Ambos especialistas coinciden en que es necesario legislar para determinar claramente las “reglas del juego” de las alzas de los planes de Isapre, para de esta forma evitar la judicialización de los mismos.
El diputado socialista, Juan Luis Castro, detalló cuáles deben ser los puntos principales de una ley de este tipo, destacando “la existencia de un plan garantizado de costo plano, un reajuste que este en una banda de precios del IPC de la salud, tener fuera la posibilidad de injerencia de actores expertos y movilidad garantizada para que una persona pueda pasar tranquilamente de una Isapre a otra”.
Cabe señalar que actualmente existe un proyecto de ley tramitándose en el Congreso, que a juicio de los parlamentarios y de los propios actores del sistema, no tiene mucho futuro debido a los tiempos legislativos.
Para el presidente de la Asociación de Isapres, Hernán Doren, en tanto, existe mucha confianza en la comisión que planea crear la presidenta electa, Michelle Bachelet, con el objetivo de reformar al sistema de salud privado. “Esperamos que (el resultado de esa comisión) sea un mejoramiento del sistema y no que el sistema se acabe”, aseguró.