Por infringir la Ley de Transparencia, la Corte Suprema determinó mantener a firme la sanción al rector de la Universidad de Santiago (USACh), Juan Manuel Zolezzi, quien deberá pagar el 20 por ciento de su remuneración mensual como multa.
Esta misma determinación fue la que tomó la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la autoridad académica, la cual presentó un recurso de apelación al máximo tribunal el que fue rechazado el 27 de diciembre pasado, ratificando así lo obrado por el tribunal de alzada ante un requerimiento presentado por el Consejo para la Transparencia.
El fallo castiga al rector Zolezzi por no haber hecho entrega de los antecedentes sobre la supresión de cargos realizada en un proceso de reestructuración de la casa de estudios en 2013, lo que derivó en el desvinculamiento de un grupo de profesores, quienes realizaron la petición de dichos documentos vía Ley de Transparencia.
Al negárseles el acceso a la información, los docentes recurrieron de amparo al Consejo para la Transparencia, organismo que le dio la razón a los ex docentes. No obstante, desde la USACh presentaron tres reclamos de ilegalidad sucesivos en contra de la decisión del CPLT, libelos que fueron rechazados por la Corte de Apelaciones, exigiendo que la casa de estudios proporcionara la información requerida.
Sin embargo, nuevamente la USACh no hizo entrega de la documentación en el tiempo y forma correspondientes, cuestión que motivó una nueva denuncia de los ex docentes al CPLT, quien verificó el incumplimiento de lo mandatado por la Corte de Apelaciones incurriendo en una nueva trasgresión a las leyes que regulan el derecho de acceso a la información pública.
De esta manera, el Consejo recurrió a la Contraloría General de la República para que diera inicio a un sumario administrativo en contra del rector de la USACh, el cual determinó que debía pagar como multa el 20 por ciento de su remuneración, lo que motivó que Juan Manuel Zolezzi presentara un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones el que fue rechazado, y de paso refrendó que la potestad sancionatoria por incumplimientos a Ley de Transparencia, radica solamente en el CPLT y es indelegable.
Finalmente, el martes 27 de diciembre la Corte Suprema ratificó esta sanción en contra del rector Zolezzi.