El Presidente Sebastián Piñera promulgó en el Palacio de La Moneda la ley que crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores, y establece un registro de éstos.
Esta nueva normativa modifica el Código Penal estableciendo la inhabilidad perpetua para ejercer cargos o profesiones que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, cuando la víctima sea menor de 14 años. En tanto que, en los casos de víctimas de entre 14 y 18 años, se aplicará una inhabilidad temporal.
El ministro de Justicia, Teodoro Rivera reconoció que esta ley atenta contra la posibilidad de reinserción laboral, pero se privilegia la protección de los niños y niñas.
“Es indudable que trae efectos colaterales como debilitar o dificultar la reinserción social de las personas que hayan cometido delitos en materia sexual contra menores, pero tenemos que saber que este tipo de delitos conlleva algunas patologías que son reiteradas en el tiempo, por lo que se privilegia es la prevención más que la reinserción de las personas”, aseguró el titular de Justicia.
Por otra parte, según el senador democratacristiano, Patricio Walker, la normativa tiene aún algunos importantes defectos y, por lo mismo, presentó un proyecto de ley que propone que las instituciones que trabajan con menores realicen exámenes psicológicos a sus postulantes.
Este no es el único cuestionamiento a la iniciativa, ya que desde la Fundación Para la Confianza creen que se deben generar mecanismos de protección, más allá de las políticas de control; y que se debe establecer espacios de cuidado que no caigan en la paranoia.
“No oponemos a esta idea de confianza ciega. Proponemos el concepto de confianza lúcida se basa en una confianza que sea alerta, vigilante, que esté custodiando que haya espacios de protección y cuidado, no es la paranoia, el aislamiento y el control. Es importante la función que cumple el sistema penal, las leyes, pero también hay una serie de otras medidas que se pueden tomar en la vida cotidiana”, señaló la experta.
Por otra parte, el profesor de la escuela de Derecho de la Universidad de Chile, Gonzalo Medina, señaló que la utilidad de este registro es compleja y dudosa, además de que su información puede prestarse para mal uso.
También, el abogado explicó que en otros países no han funcionado significativamente medidas de este tipo.
“Tampoco puede tener necesariamente un efecto preventivo tan eficaz como se predica. La verdad es que en otros países donde existen leyes similares a esta no se ha observado un impacto significativo en la disminución de ofensas sexuales. Tampoco hay que creer que esto es una panacea que soluciona cosas y sí hay que tener en cuenta que tiene el potencial de estigmatizar a una persona de forma muy radical y relevante”, sostuvo el abogado.
Medina afirmó que iniciativas como la planteada por Walker, podría ser mucho más eficaz que lo establecido por el Gobierno y, además, llamó a tener en cuenta que no cualquier persona puede acceder a la información que el registro contempla.