El Tercer Juzgado en lo Civil de Santiago determinó el fin del Caso Copeva, y dictó que el Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de la Región Metropolitana deberá cancelar un millón 500 mil pesos a cada uno de los 674 vecinos afectados de la villa Bernardo Leighton de Santiago.
Así, cancelando más de mil millones, el Serviu indemnizará a quienes en 1997 vieron sus viviendas, construidas por la empresa Copeva, de propiedad de Francisco Pérez Yoma, afectadas por filtraciones de aguas lluvia.
La jueza Soledad Araneda determinó la responsabilidad del servicio en las deficiencias de construcción de dichas viviendas, estableciendo en el fallo que el Serviu debió haber desplegado “todas las herramientas pertinentes para el adecuado desarrollo de su política habitacional, lo que no hizo en modo alguno”.
El alcalde de Puente Alto, Germán Codina, lamentó la cifra, a su juicio baja para una indemnización, como también que el castigo no haya alcanzado a la empresa Copeva, e indicó que “la cifra de un millón y medio me parece insuficiente para la cantidad de años del juicio. Lamento además que la empresa Copeva no tuviera un castigo como corresponde, entiendo que los juicios son así, simplemente esperar que con las nuevas normativas del Serviu evitemos que pasen nuevos ‘copevazos’ o situaciones de esa envergadura”.
Coincidió en esto, el diputado de la comisión de Vivienda, Patricio Hales, del PPD, que agregó que otras medidas compensatorias tampoco han sido suficientes: “Respecto a las casas mismas, se han hecho fórmulas de permutas o cambios, algunos no quedan satisfechos, además de otras compensaciones. El acto del tribunal establece quién es el responsable, pero en la cantidad establece mal la cantidad para resarcir todo lo sufrido”.
A juicio del legislador, lo más importante del fallo es que se establece claramente las responsabilidades del Serviu que dio erróneas directrices arquitectónicas para la construcción del conjunto habitacional.
Hales indicó que “coloca en el justo lugar la responsabilidad. Aquí ocurrió que Serviu estableció un conjunto de instrucciones de arquitectura y construcción expresadas en planos. La receta que le entregaron a las empresas fue una instrucción insuficiente para la lluvia y viento en esta ciudad”.
Esto, porque el fallo dicta que al servicio le correspondía la “responsabilidad de fiscalizar que las obras por las que se pague sean aquellas encargadas”, ante lo que se debe considerar que el caso Copeva afectó también a otras poblaciones como la Villa El Volcán.