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Estado chileno podría sumar fallos adversos en la CIDH

Chile podría sumar dos nuevos fallos adversos, además de los cinco que ya tiene en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por diversas violaciones de garantías consagradas en la Convención Americana. El tribunal internacional debe resolver el caso de lonkos por la aplicación de la Ley Antiterrorista y el de una víctima de exilio que reclama reparaciones.

Helmuth Huerta

  Domingo 28 de julio 2013 1:44 hrs. 
CIDH

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El Estado de Chile, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, enfrenta un panorama complejo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en noviembre resuelve la demanda de los lonkos mapuches Aniceto Norín, Juan Marileo y Víctor Ancalaf, por la aplicación de la Ley Antiterrorista durante el Gobierno de Ricardo Lagos. La Corte decide si el uso de centenares de “testigos sin rostro” se ajusta o no a la Convención Americana de Derechos Humanos.

Aniceto Norín explicó que “cuando me detuvieron, me aplicaron la Ley Antiterrorista sin conocer la causa todavía, entonces estuve un año y cinco meses en la cárcel. Tenían 120 testigos en mi contra para juzgarme y condenarme y me juzgaron políticamente no solo a mí, sino que también al resto de los hermanos mapuches con esa ley”.

El otro caso pronto a resolverse es el de Leopoldo García Lucero, registrado como víctima de tortura en el Informe Valech, que se exilió en Inglaterra, y demanda falta de reparación integral. García Lucero ha declarado ante la corte que “con mi familia perdimos todo, veníamos de Chile y llegamos a un país extraño, sin conocer el idioma, sin recursos, y hasta el día de hoy vivo con problemas en mi espalda y daños psicológicos a causa de la tortura”.

Antes de llegar a la Corte, cada caso pasa primero por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La denuncia de 853 profesores que demandan al Estado por la llamada “deuda histórica” del cambio desde el sistema fiscal al sistema municipal de Educación, tardó 8 años en ser acogida.

Desde Venezuela, el abogado patrocinante, Ciro Colombara, atribuye esto a la resistencia absurda del Estado, que no asume algo ya reconocido por el Poder Judicial: “Hasta ahora, Chile no ha sido condenado en lo esencial a una prestación de carácter económico, pero otros países como Panamá y Perú, por ejemplo, sí han sido condenados a prestaciones de ese tipo. Las víctimas son muchísimas a lo largo de todo el país y, lamentablemente, muchas de ellas han fallecido, llevan muchos años esperando una solución”, aseguró.

La Comisión revisa también la denuncia de César Peralta y Hans Arias, porque Chile no permite el matrimonio igualitario para homosexuales. La expectativa del abogado estadounidense Hunter Carter es forzar un cambio de la ley civil, como ya sucede en otros países americanos: “Estamos viendo muchos cambios en el mundo. Hoy en día, un 40 por ciento de la población de todas las Américas viven en estados o países donde se celebra el matrimonio igualitario. 14 estados de Brasil, cuatro estados de México, Uruguay, Argentina y Canadá y 11 estados en mi país”, afirmó.

Pese a este panorama, el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Diego García-Sayán, dice que Chile ha respetado los fallos anteriores: “Las sentencias sobre los casos chilenos han sido cumplidas o están en proceso de cumplimiento. Son a veces complejas, no solo establecen una reparación sino que varias formas, que pueden incluir cambios de normas legales e investigaciones y sanciones penales, pero el balance nuestro es favorable. Dentro de esta complejidad, los estados tienden a cumplir en esta materia. No hay estadísticas, salvo lo que es más fácil de medir, que es el pago de las reparaciones económicas, donde más del 80 por ciento de lo que ha establecido la Corte como medidas que el Estado debe cumplir han sido debidamente pagadas”, señaló.

Hasta ahora, todas las demandas sobre Chile que han llegado a esta Corte, terminaron en sentencia contraria al Estado. Primero, el fallo de 2001 contra la censura de la película “La última tentación de Cristo”, que obligó un cambio legal, y se creó el Consejo de Calificación Cinematográfica, que hoy se limita a reseñar para qué público es apto un filme. Segundo, el fallo de 2005 contra la decisión de la Justicia Militar de impedir la publicación del libro “Ética y servicios de inteligencia”, en el cual el ex funcionario civil de la Armada, Humberto Palamara, relataba violaciones a Derechos Humanos. Tercero, el fallo de 2006 contra la denegación de información sobre el proyecto forestal Trillium a Marcel Claude, que desembocó en la Ley 20.285 de Acceso a Información Pública. Cuarto, el fallo –también de 2006- contra la aplicación de la Ley de Amnistía sobre el asesinato –en 1973- del profesor Luis Almonacid. Y, quinto, finalmente, el fallo de 2012 contra la discriminación sexual que sufrió la jueza Karen Atala.

Foto: Juan Manuel Herrera / OEA
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