Condenan a ex Carabineros por secuestro de Luis Almonacid Dumenez


Leopoldo Llanos, ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictó sentencia en primera instancia en la investigación realizada por el secuestro calificado de Luis Almonacid Dumenez, ocurrido en 1973 en la ciudad de Temuco.

Los entonces integrantes de Carabineros Gonzalo Arias González y Eduardo Riquelme Rodríguez, fueron condenados como autores del delito a 10 años y un día de presidio.

En el proceso de investigación se determinó que: “El 16 de septiembre de 1973 Luis Jorge Almonacid Dumenez, de 22 años de edad, estudiante de Servicio Social de la Universidad de Chile, sede Temuco, apodado “El Hippie”, fue detenido, ante testigos, en el domicilio de un amigo ubicado en la localidad de Padre Las Casas, por efectivos que lo trasladaron a la Tenencia de Carabineros de esa localidad; en este recinto policial fue torturado y se le mantuvo con los pies descalzos y sin comida. El 19 de de septiembre fue trasladado al Regimiento Tucapel de Temuco, recinto en que fue nuevamente torturado, esta vez con aplicación de corriente eléctrica. Al día siguiente, fue trasladado a la Cárcel de Temuco permaneciendo allí hasta el 25 de septiembre, fecha en que fue retirado del lugar por una patrulla de Carabineros y trasladado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco, exhibiéndose al efecto la orden de libertad N° 21 de fecha 25 de septiembre de 1973, en cuyo dorso aparece el nombre del Sargento Juan Fritz Vega, quien era integrante de la mencionada Comisión Civil o S.I.C.AR., donde nuevamente es interrogado y torturado. Al día siguiente, esto es, el 26 de septiembre de 1973 alrededor de las 08:30 a 09:00 horas de la mañana fue sacado de la Segunda Comisaría junto a otro detenido, José Muñoz. Desde ese día se pierde todo rastro de su paradero, sin que el privado de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos de Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción”.

En lo civil, el ministro ordenó al fisco a pagar una indemnización de $100.000.000 (cien millones de pesos) a Herminio Almonacid Rivera y Eranelia Dumenez Barría -padres de la víctima-, y $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Liliana Almonacid Dumenez (hermana), por concepto de daño moral provocado por agentes de Estado.





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