El 31 de marzo entró en vigencia el programa que exime a los chilenos de presentar VISA para viajar a Estados Unidos, acuerdo que beneficiará a empresarios y turistas, sin las exigencias que aplica al resto de los países de América Latina. Sin embargo la denominada Visa Waiver viene amarrada a otros acuerdos que obliga a las autoridades chilenas a entregar datos personales.
Como condición al beneficio, el 30 de mayo de 2013 Chile suscribió un acuerdo de cooperación en que se establecen las condiciones en que Estados Unidos podrá solicitar la información.
Por ejemplo, cuando chilenos “han cometido delitos terroristas o relacionados con el terrorismo o delitos relacionados a grupos o asociaciones terroristas, o participarán o han participado en tales delitos o conductas según ellas se definen en el derecho interno de la parte que proporcionará los datos”.
El problema es que Chile no tiene una ley actualizada respecto del tema, ni los mecanismos apropiados para la protección de los datos, ni un marco regulatorio de ellos en materia internacional.
Así lo afirmó Salvador Millaleo, investigador del Centro de Derecho Informático de la Universidad de Chile, quien criticó la falta de regulación sobre la materia. “Entiendo que es un procedimiento normal, pero que hay suspicacias cuando no tenemos un ordenamiento jurídico que nos proteja ni que sea similar al de Estados Unidos. Si hubiera un ordenamiento jurídico que resguardara el tráfico de datos, que estableciera autorizaciones y límites. Entonces tendríamos más certezas, todas estas dudas surgen porque no tenemos un marco jurídico adecuado”, afirmó.
Millaleo apuntó que hay algunos proyectos de ley que se orientan a mejorar el actual ordenamiento legal sobre protección de datos que rige desde 1999, sin embargo su tramitación ha demorado dejando falencias importantes, por ejemplo, “en cuanto a qué se entiende por un dato privado, que en el fondo es mejorar la protección de datos sensibles y luego el tema de qué es lo que hace un dato protegido como privacidad. Lo que se quiere agregar es que no sólo sea la fuente, sino la finalidad con que se trata el dato, porque a veces uno entrega datos para cierto fin y lo usan para otro. Y además, quién va a proteger la privacidad de las personas, porque en el fondo no es simplemente otorgar derechos sino que hay un ente encargado de hacerlo efectivo”, explicó.
Desde la ONG Derechos Digitales, Francisco Vera criticó el acuerdo, porque Chile no tiene un organismo competente que sirva de interlocutor y fiscalizador a la transferencia de datos.
Además, señaló que esta visa solo beneficia a Estados Unidos y deja a criterios ambiguos la detección, prevención e investigación de delitos: “Estamos ante un acuerdo que claramente nos perjudica respecto de Estados Unidos y todo para facilitarles el proceso de dar esta Visa Waiver. Esto va a beneficiar a una porción bastante pequeña de chilenos y a cambio le damos línea directa a Estados Unidos para que tengan nuestros datos personales y los procese de la manera que a ellos les parece conveniente ante cualquier tema relacionado con investigaciones criminales”, dijo.
Si bien el convenio establece que la información será solicitada cuando exista una causa criminal, esta no establece el tipo de delito, el estado del imputado, ni la finalidad con que se obtiene la información en manos del Registro Civil.
El acuerdo aún debe ser votado por el pleno de la Cámara de Diputados, donde se espera la intervención de parlamentarios en contra de la medida a la espera de una institucionalidad que regule el traspaso de información.