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Año XVI, 20 de abril de 2024


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Amplían extradición de Alberto Fujimori a Perú

La Corte Suprema de Chile accedió a la petición de los tribunales peruanos que investigan al ex mandatario por peculado, asociación ilícita para delinquir y violaciones a los derechos humanos.

Raúl Martínez

  Miércoles 22 de febrero 2017 16:57 hrs. 
Peru's former President Alberto Fujimori listens to the judge's verdict about his sentence in prison, in Lima October 29, 2013. The Supreme Court of Justice denied today Fujimori's request to serve his sentence under house arrest. Fujimori was sentenced in April 2009 to 25 years in prison for ordering death squads to carry out two massacres when his government was hunting down presumed leftist insurgents. Another trial convicted him of corruption and abuse of power. REUTERS/Enrique Castro-Mendivil   (PERU - Tags: CRIME LAW POLITICS)

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La Corte Suprema decidió ampliar la extradición contra el ex presidente del Perú Alberto Fujimori, por delitos de lesa humanidad y de peculado ocurridos durante su mandato, entre 1990 y 2000.

La decisión la adoptó el ministro del máximo tribunal de nuestro país Ricardo Blanco Herrera, quien acogió la petición hecha por la justicia peruana en enero recién pasado.

Fujimori es investigado por varios delitos por los tribunales, entre ellos por los asesinatos de opositores, conocido como la Masacre de La Cantuta, en la que fueron aprehendidos y ultimados docentes y estudiantes de la Universidad de San Marcos a manos de efectivos del Ejército del Perú miembros del Grupo Colina.

En el fallo en este sentido, el ministro Blanco sostiene que no se puede invocar la prescripción de los delitos ya que se dieron en un contexto de “graves violaciones a los Derechos Humanos, por consiguiente, al constituir delitos de Lesa Humanidad son de naturaleza imprescriptibles”.

Además, la decisión del máximo tribunal chileno accede a la petición de los tribunales peruanos por los delitos de asociación ilícita para delinquir y peculado estableciendo que “existen presunciones fundadas para estimar la participación de Alberto Fujimori” en los hechos.

Blanco indica que para acceder a la solicitud “no se requiere una certeza plena” acerca de la participación del imputado en estos ilícitos, ya que se trata de una etapa investigativa y no para fundamentar una sentencia condenatoria.

De todas formas, la resolución agrega que existe abundante prueba directa -declaraciones de testigos y documentos- que “permiten dar por establecido el peculado -homologado al fraude al Estado-, y con el cúmulo de pruebas que se adjuntaron, también se acreditó el delito de asociación ilícita, puesto que resulta irrefutable que la citada agrupación que se conformó, poseía una amplia estructura operativa, de naturaleza clandestina, con una cadena de mando jerarquizada, pero compartimentada en sus ejecuciones, organización criminal que, ideó, programó y trazó un plan de acción con las exigencias propias de esas entidades”

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