Los ministerios de Economía, Fomento y Turismo, Trabajo y Defensa informaron que 102 empresas formarán parte del listado de compañías estratégicas descartadas de realizar una huelga legal de actividades.
Lo anterior en base a la legislación laboral que estableció un nuevo procedimiento para definir las sociedades que quedan excluidas de cualquier paralización.
La definición ratificó el criterio de que las compañías de los sectores de servicios sanitarios, eléctricas de distribución y transmisión, las distribuidoras de gas, los terminales de regasificación de gas natural licuado y las de transporte de gas natural serán consideradas como empresas de utilidad pública.
Además, se resolvió incluir los puertos de Arica, Iquique y Antofagasta que están al servicio del Tratado Internacional de Paz, Amistad y Comercio suscrito entre Chile y Bolivia en 1904, conforme a la tradición y obligación del Estado de Chile de cumplir con sus obligaciones internacionales.
Al respecto, el presidente Federación Nacional de Trabajadores Portuarios de Chile, Raúl Maturana, rechazó la determinación ya que nunca las compañías del rubro habían sido consideradas como estratégicas.
El máximo representante sindical de Fetraporchi lamentó que una ley creada para fortalecer los derechos laborales de los trabajadores termine coartando acciones de presión para obtener mejores condiciones laborales.
Los portuarios no son los únicos que se manifiestan contrarios a la normativa. Un grupo de sindicatos pertenecientes a estas empresas estratégicas apelarán con ayuda de la Central Unitaria de Trabajadores.
Se trata de los trabajadores de Enel, sanitarias y empresas de gas, quienes llevarán ante la Corte de Apelaciones el reclamo para revertir el dictamen que les prohíbe el derecho a huelga.
Jorge Gómez, presidente del sindicato 1 de Enel Distribución dijo a La Tercera que “la huelga es el único método que tienen los trabajadores para presionar al empleador y así tener mejores condiciones laborales (…) el derecho a huelga es un derecho esencial y vamos a defender ese derecho”.
Según describe la norma, ahora es la justicia la que, si da lugar al reclamo, “decidirá u ordenará, según sea procedente, la rectificación del acto impugnado y la dictación de la respectiva resolución, incluyendo o excluyendo a la empresa, según corresponda”.
En el listado de compañías estratégicas incluyeron además las empresas de diálisis. También se incorporó al Banco Central y empresas de servicio de transporte en zonas alejadas.