En fallo dividido la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación deducidos por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la empresa Mediterráneo a cargo del proyecto y otros 12 reclamantes.
Con esto se confirmó el fallo del Tercer Tribunal Ambiental que anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) a la central hidroeléctrica de pasada Mediterráneo. La iniciativa estaría ubicada en el sector de Puelo, específicamente cerca de los ríos Torrentoso y Manso, en la comuna de Cochamó, Región de los Lagos.
El argumento de la resolución se basaría en que hay errores y omisiones en la RCA, dado que no se habría realizado una óptima evaluación del proyecto y el impacto que podría tener en la zona.
Específicamente, se detalla que no se entrevistó al total de las familias que forman parte de las comunidades indígenas del sector. Se practicaron dos estudios que contemplan a 37 familias, de las cuales ocho no fueron analizadas y 14 no se registraron.
El proyecto de 210 megawatts (MW) es de propiedad de José Cox, Fernando Elgueta y Roberto Hagemann, y considera una inversión de cuatrocientos millones de dólares, además de la construcción de una línea de transmisión eléctrica de alto voltaje de 63 kilómetros, para llevar energía a Puerto Montt.