La Contraloría General de Los Ríos ofició a la Municipalidad de Valdivia para que respete la normativa relativa a no discriminación, Ley 20.609, conocida como Ley Zamudio, en la elaboración de las bases del concurso Reina de los Ríos.
“Es necesario hacer presente a la Municipalidad de Valdivia, que, en lo sucesivo, deberá tener en consideración la normativa relativa a no discriminación al momento de elaborar las bases respectivas, a fin de no incurrir en infracciones a aquellas, cuya determinación – en todo caso- se encuentra entregado a los tribunales de justicia”, consigna el dictamen.
Lo anterior, luego de la denuncia presentada por la abogada y activista trans, Constanza Valdés, respecto del concurso de belleza que exigía en sus bases tener “sexo femenino al momento de nacer”, pues este infringía la prohibición de no discriminar por identidad de género, consagrada en el art. 2 de la Ley 20.609.
Salió el dictamen de la Contraloría sobre el concurso de belleza de la Municipalidad de Valdivia que impedía postular a mujeres trans. Las bases no pueden contener criterios que puedan incurrir en infracciones a la no discriminación arbitraria que se regula en la ley 20.609. pic.twitter.com/3hoeFntZbK
— Constanza Valdés C. (@conivaldesc) 12 de marzo de 2019
“Lo importante del dictamen, es que el organismo hace hincapié en que las bases generales de estos concursos tienen que tener en cuenta los criterios rectores que rigen la ley 20.609 sobre no discriminación arbitraria, conocida como Ley Zamudio. En ese sentido, el mismo criterio que se haya utilizado, de que las participantes tuvieran sexo femenino al momento de nacimiento, sería contrariar la categoría de identidad de género que establece la ley, conviertiéndose así en una discriminación arbitraria”, explicó la abogada y activista trans.
No obstante, para Constanza Valdés “la Contraloría no dice expresamente que eso, efectivamente, es discriminación arbitraria, porque eso le corresponde a los tribunales, pero de alguna manera dice que si se infringen los principios de no discriminación, fácilmente los tribunales pueden señalar que se incurrió en una discriminación arbitraria”, y agregó que “se establece un cierto precedente de que , en general, concursos o bases, ya sean de cualquier municipalidad u organismo público, tienen que atenerse lo que señala la ley 20.609 sobre no discriminación arbitraria”.
Recordemos que, además de la denuncia de la abogada y activista trans, en febrero, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) envió una carta dirigida al alcalde de Valdivia, Omar Sabat, en la que le exigieron modificar las bases de este concurso por considerarlas “abiertamente transfóbicas, por incurrir en la ilegalidad y por basarse en prejuicios e ignorancia”, luego de que el hecho fuera denunciado en redes sociales por el concejal, Pedro Muñoz.