Isapres deberán eliminar preexistencia para enfermedades desarrolladas antes del nacimiento

Ante un fallo de la Corte Suprema, la Superintendencia de Salud instruyó a las Isapres que “deben eliminar de la Declaración de Salud la consulta por Síndrome de Down, cardiopatías congénitas y labio leporino, entre otras”.

Ante un fallo de la Corte Suprema, la Superintendencia de Salud instruyó a las Isapres que “deben eliminar de la Declaración de Salud la consulta por Síndrome de Down, cardiopatías congénitas y labio leporino, entre otras”.

La Ministra Secretaria General de Gobierno, Karla Rubilar, junto al Superintendente de Salud, Patricio Fernández, anunciaron la eliminación de la preexistencia en Isapres de aquellas enfermedades o condiciones de salud que hayan desarrollado los potenciales beneficiarios con anterioridad al nacimiento, tales como Síndrome de Down, cardiopatías congénitas y labio leporino, entre otras.

El anuncio se realizó en el Palacio de La Moneda, instancia en la que también participaron los padres del pequeño Tomás Aguirre, cuyos gastos médicos no fueron cubiertos inicialmente por una compañía aseguradora, argumentando que el padre no había declarado el síndrome que padece su hijo como preexistencia.

Tras esto, en un fallo unánime, la Corte Suprema estableció que el Síndrome de Down no puede ser considerado como una patología, por lo que ordenó a la aseguradora cubrir los gastos de salud del niño de 4 años. “Es un fallo histórico”, dijo la vocera de Gobierno, Karla Rubilar, quien agregó que se “hizo justicia porque Fabián y Gloria sufrieron una gran injusticia cuando su hijo, Tomás, fue discriminado de ingresar a una compañía de seguros por tener síndrome de Down. Este fallo de la Corte nos llena de esperanza de construir un país más inclusivo”.

Ante el fallo de la Corte Suprema, la Superintendencia de Salud instruyó a las Isapres, a través de la Circular N°354, que “deben eliminar de la Declaración de Salud la consulta por Síndrome de Down, cardiopatías congénitas, labio leporino, entre otras”.

La Ministra Rubilar destacó que con esta decisión, la lucha de Tomás y toda su familia “se convierte en un tremendo logro para todas las otras familias. Es un triunfo de los papás y las mamás que han luchado por años por ir poniendo fin a las tremendas brechas en materia de igualdad y a las tremendas deudas en materia de discriminación que todavía tiene este país”.

Mientras que el Superintendente de Salud, Patricio Fernández, afirmó que “venimos a saldar una deuda como sociedad, una deuda como Estado. Parece inaceptable que hoy día, aún tengamos situaciones como la que le ocurrió a Tomás y a su familia de ser rotundamente discriminados”.

En ese marco, Fernández anunció que recogerá la jurisprudencia de la Corte Suprema a través de una circular y que “desde ahora en adelante ninguna Isapre podrá exigir en la declaración de salud que una condición de la persona sea algo que obste a una cobertura o que simplemente no quieran afiliarlo”.





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