Carlos Margotta: La nueva Constitución debe resolver la obligatoriedad explícita del cumplimiento de los tratados de DD.HH firmados

En conversación con nuestro medio, el abogado presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos abordó la situación de las policías y el cumplimiento de los tratados internacionales por parte de Chile.

En conversación con nuestro medio, el abogado presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos abordó la situación de las policías y el cumplimiento de los tratados internacionales por parte de Chile.

En entrevista Radio Universidad de Chile, el abogado y presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, Carlos Margotta, se refirió a la situación actual de nuestro país, en materia de DD.HH. desde varias dimensiones, como salud, territorio, y la situación vivida con el fallido a Rodolfo Stange, por parte de Carabineros, pese a sus vínculos con la dictadura militar.

Al respecto, señaló que “sin lugar a dudas, para el mundo de los ddhh es una provocación. Entre las garantías de no repetición está la de no reivindicar ni homenajear a quienes se han visto vinculados a violaciones de derechos humanos. Además, es un acto de negacionismo, porque no solo hay un rechazo a las conductas asumidas al ex comandante en jefe, sino una exaltación de su actuar,  es impresentable que a treinta años de la transición, Carabineros siga exaltando a estas figuras, que hicieron grandes afrentas a la humanidad”.

Desde lo judicial, recordó que “Stange fue procesado por obstrucción a la justicia”. En ese sentido, explicó que no les parece curioso que “un general director como Mario Rozas, querellado en múltiples querellas por crímenes contra la humanidad -donde la Comisión Chilena de Derechos Humanos ha presentado más de 25 acciones en su contra-, sea quien presente esta paradoja: un querellado de crímenes por la humanidad, homenajee a alguien vinculado a crímenes contra la humanidad, como fue la participación de Stange en el Caso Degollados”.

Sin embargo, y más allá de este caso puntual, para Margotta este no constituye un “hecho aislado, sino que obedece a algo más profundo”. Así, recordó que “el Informe Rettig, junto con establecer el listado y las circunstancias de las que habían sido víctimas cientos de chilenas y chilenos, estableció recomendaciones para que el Estado se hiciera cargo de garantizar el nunca más, para ello, la necesidad de tomar una serie de medidas, entre ellas, la de generar un cambio fundamental en la formación de nuevas generaciones de generales, con fuerte adhesión a los derechos humanos, una gran deuda de la transición, por la que pagamos serios costos, aún. Donde el caso de Mario Rozas da cuenta de esto, porque se hizo caso omiso de ellas y hoy pagamos las consecuencias”.

A su juicio, “no ha habido voluntad política, sino más bien una idea de proteger y dar garantías a las Fuerzas Armadas desde 1990, en una abierta desigualdad que se expresa en mantener el sistema de previsión privilegiada que no tienen los civiles; respecto de la falta de control y subordinación al poder civil, algo que reconoce el propio ministro Alberto Espina, cuando se descubrieron los desfalcos: ha habido una falta de control del poder civil para las FF.AA.; los permanentes actos de protección de aquellos uniformados que participaron en violaciones de los ddhh” y un largo etcétera que, dijo, daría cuenta de un “problema estructural que la sociedad tiene que hacerse cargo”.

Para Margotta “esto solo se puede solucionar desde la base de una Constitución que regule con contundencia del control del poder civil del accionar de las fuerzas policiales. Esto ocurre normalmente en una sociedad democrática, no es algo revolucionario. Espero que el proyecto constituyente se haga cargo de este, uno de los pilares fundamentales de una sociedad democrática”.

Machi Celestino Córdova

El aprendizaje de esta situación, dijo el abogado presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos es que “lo que pasó denota nuestro gran déficit como país: durante estos treinta años hemos ido ratificando pactos y convenciones de dd.hh. que por Constitución pasan a ser parte del aparato legislativo chileno. Se ha producido, entonces, una falta de las normas vigentes del ordenamiento jurídico en situaciones concretas, especialmente en el resguardo de los DD.HH.”

Así, explicó que en “el caso Celestino, finalmente, producto de la presión nacional e internacional, se reconoció la plena vigencia del Convenio 169, sus artículos 9 y 10, que otorga el trato diferente, atendiendo las condiciones culturales de los pueblos indígenas. La solución llegó porque el Estado reconoce la vigencia y le permite estas 30 horas en su rehue”.

Pese a ello insistió en que “esta es una gran deuda de la transición y que el proceso constituyente debe resolver: la obligatoriedad, de forma mucho más específica. Porque los tres poderes del Estado han sido renuentes a aceptar los tratados y convenios firmados por Chile en ámbitos de protección a los Derechos Humanos. Conversando con algunos constitucionalistas, sabemos que debemos trabajar para redactar un nuevo artículo 5to, donde no queda duda que tienen la obligatoriedad de aplicar los contenidos de los pactos y convenciones de derechos humanos, por lo que espero se resuelva ahí”.

Así, abordó la sutileza de lenguaje existente que tiende a relativizar el cumplimiento de dichos compromisos: De “tender a” a “estar obligado”. Al respecto, dijo que “según dice la Constitución nacional, desde que una vez que un Estado suscribe, surge una obligación inmediata, lo que se conoce como la adecuación interna a la normativa firmada. Existe la obligación que se normativice dentro del contexto nacional, para su aplicación en territorio nacional. Es decir, si hay enunciación de obligación del Estado, lo primero que debe hacer el Estado es adecuarlo a la normativa interna y, en el caso del 169 esto es lo que no ocurrió, pues no adaptó la norma a la legislación vigente. Decir que el convenio es una referencia, una recomendación, no nos parece correcto desde el punto de vista jurídico. Al revés, la obligación inmediata es la adecuación de la legislación nacional a la norma internacional que acaba de firmarse. Eso es un déficit del Estado chileno y nadie puede argumentar con su propio dolo”.

Así, para el abogado, el proceso constituyente, la posibilidad de redacción de una nueva Constitución debe tener en la base, como piso mínimo, los derechos humanos, los pactos suscritos por el país, y, desde ahí, se deben establecer todas las estructuras jurídicas e institucionalidades. “No nos cabe la menor duda que en el marco del proceso constituyente deben tener una importancia radical no solo por ser un anhelo, sino porque las obligaciones que se han contraído por parte del Estado no desaparecen porque se escribe un nuevo texto constitucional, sino que estas se convierten en un marco referencial obligatorio para los constituyentes. Es muy importante y relevante, porque la única forma que podría ocurrir que se desconocieran es que el Estado fuera al procedimiento de denuncia, es decir, dar conocimiento de no querer seguir aplicando más un pacto suscrito y ratificado, pero no habiéndose producido esa denuncia, están plenamente vigente”.

En la conversación recordó que junto al abogado constitucionalista Fernando Atria hablaban, en un foro, que la “página en blanco” de la Constitución tiene un marco referencial previo y obligatorio: “las obligaciones internacionales no se pueden desconocer a la hora de escribir un nuevo texto constitucional”.

Así, y a diferencia de lo que ocurre, por ejemplo, con los Tratados de Libre Comercio, “acuerdos defendidos por los sectores más conservadores y apegados al status quo”, que podrían ser revisados dependiendo del régimen que adopte el país, los tratados y convenciones en materia de derechos humanos no pueden ser dejados al margen de la nueva redacción, en caso que la nueva Constitución se suceda. “Los TLC, y si se considera que afectan la soberanía, pueden ser modificados por la expresa soberanía del pueblo”.

En el marco de este proceso constituyente, enfatizó en la importancia de la participación masiva de la ciudadanía. Para impulsarla, desde la Comisión hicieron alianza con el mundo de la cultura para iniciar una campaña de promoción del plebiscito, con el objetivo de convocar masivamente a la participación: “Si se logra una alta participación, si se obtiene una gran representación, podemos terminar con los obstáculos que nos han puesto”.





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