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Diputado Luis Pardo (RN) por proyecto contra el negacionismo: “No se puede sancionar penalmente la opinión por repudiable que nos parezca”

El parlamentario es uno de los que recurrieron ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie respecto de la prenormativa. "No avalo ni justifico las violaciones a los derechos humanos, pero no me parece correcto que en una sociedad democrática un periodo de nuestra historia como ese deba circunscribirse a una visión establecida por ley y cuya transgresión significa una sanción penal", aseguró.

Diario Uchile

  Miércoles 21 de octubre 2020 10:47 hrs. 
Luis Pardo

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Más de 50 parlamentarios de Chile Vamos se presentaron ante el Tribunal Constitucional para pedir un pronunciamiento respecto del proyecto de ley que busca penalizar con hasta tres años de cárcel a quien “justifique”, “apruebe” o “niegue” las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura.

El diputado RN Luis Pardo, uno de los parlamentarios que adhiere a la solicitud de pronunciamiento del TC conversó con nuestro medio y explicó sus razones para considerar que esta iniciativa legal atenta contra la libertad de expresión.

“Este es un proyecto de ley que surgió en el Gobierno de la presidenta Bachelet con el propósito de sancionar la incitación a la violencia física, que es un tipo penal que no está bien estructurado en nuestra legislación y que se complementa con otras legislaciones relativas a los  discursos de odio y distintas formas de violencia. Sin embargo, el origen de este proyecto se fue cayendo en el camino, de hecho, subsistió prácticamente solo una indicación, que es la  que tiene que ver con el negacionismo, desfigurando completamente lo que era el proyecto original”, manifestó.

“Nosotros consideramos que es un artículo que penaliza la opinión independientemente de cuál sea la legítima opinión y juicio que cada uno pueda formarse de los acontecimientos que ocurrieron entre septiembre de 1973 y diciembre de 1990”, agregó.

Según el legislador este proyecto incurre en un vicio constitucional de fondo, pues afecta la libertad de expresión y  conciencia. Además los congresistas que piden el pronunciamiento argumentan que se incurrió en vicios formales al mutar las ideas matrices con las que fue presentado, es decir, consideran que este es un proyecto distinto del que se presentó y que no reúne los quórums para afectar una garantía fundamental.

Consultado sobre las limitaciones a la libertad de expresión que se contienen en la normativa internacional que ha sido integrada por nuestro país, el diputado señaló que esto no se trata de considerar el exterminio y la tortura como una posición política.

TC negacionismo

“En la Convención Americana se establecen las áreas en las que es lícito regular por ley el ejercicio de la libertad de expresión, como es por ejemplo, en la alteración del orden público, la seguridad nacional, la honra de las personas entre otras, pero también la doctrina establece las responsabilidades ulteriores, es decir, la censura previa está totalmente reñida con una sana doctrina de la libertad de expresión. Eso es lo que pasa con este proyecto que contiene una censura a priori, porque se establecen determinados parámetros para un periodo histórico en que  la reflexión queda limitada. No avalo ni justifico las violaciones a los derechos humanos, pero no me parece correcto que en una sociedad democrática un periodo de nuestra historia como ese deba circunscribirse a una visión establecida por ley y cuya transgresión significa una sanción penal. Eso no corresponde en una democracia, son pocos los países que tienen este tipo de legislación y tienen que ver con el Holocausto, sin embargo, los tribunales supremos y la CIDH han restringido el uso de esta penalización. Retroceder nosotros a establecer algo en lo que tenemos un amplio consenso, pues las violaciones a los derechos  humanos han sido reconocidas, rechazadas y repudiadas por el amplio espectro político como dan cuenta las comisiones Rettig y Valech, por tanto establecer por ley una sanción penal va contra el espíritu de de debate público”.

Según el parlamentario la sanción moral o social es mucho más efectiva que la penal en caso de acciones negacionistas.

“Cuando el tipo penal se define como lo hace este proyecto, lo que produce es que se congela la historia a partir de un decreto y una visión única. No se puede sancionar penalmente  la opinión por repudiable que nos parezca, esa es la esencia  de la libertad de expresión. Distinto es afectar a las víctimas, faltar el respeto a la memoria, a la dignidad de las víctimas o sus familiares y para eso están los recursos de injurias y calumnias que existen para salvaguardar ese aspecto que es esencial a cualquier debate: el respeto y la empatía con las víctimas de los derechos humanos, pero eso no amerita el establecimiento de una sanción por ley con un tipo tan amplio que permite restringir el debate, reflexión histórica y la discusión respecto de un periodo tan importante de nuestra historia”.

Requerido sobre su visión respecto de las sanciones morales o sociales como únicas ante determinadas conductas y los riesgos que ello implica para la legislación como forma de regulación de los cambios sociales, el parlamentario manifestó que el punto central es la efectividad de estas sanciones morales en comparación con aquellas que se establecen por ley.

“No es que todo tenga que quedar confiado a la moral. En una sociedad tiene que haber más espacios para la moral, para que las personas desarrollen sus propias opiniones, visiones y proyectos y no que a través de la ley vayamos acortando y achicando ese espacio que, en mi opinión, corresponde a la libertad individual que debe tener la persona humana para desarrollarse en sociedad. La leyes deben regular la convivencia, pero ir más allá de la regulación de la esfera privada e íntima de las personas es un error  y es una visión que no comparto, porque las leyes deben regular las políticas públicas para cambiar la situación de oportunidades económicas, sociales y culturales de muchas personas que están postergadas y sometidas a condiciones que no dependen de su voluntad y las leyes deben incidir en generar esas oportunidades y cambiar el destino de aquellas personas. Para eso son las leyes, pero en el ámbito de las libertades civiles en general, no debe ir más allá de lo estrictamente necesario”, concluyó el representante del Distrito 6.

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