El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Gilda Barraza, Mario Hidalgo y Wilman Gutiérrez como autores de trata de personas con fines de explotación sexual de dos mujeres colombianas.
Las víctimas fueron contactadas en Colombia por los acusados, quienes las engañaron para venir a Chile a trabajar como garzonas, ofreciéndoles un sueldo cercano al millón de pesos. Una vez en el país, fueron trasladadas a la ciudad de Salamanca, donde les requisaron sus pasaportes y las obligaron a prostituirse para pagar la deuda por su mantención y pasajes.
Los tratantes, aprovechando la condición de extrema vulnerabilidad de las víctimas, las presionaron para que cancelaran el dinero gastado en el viaje, amenazándolas con que no podían irse sin haber pagado todo lo que le debían. Además, fueron privadas de su pasaporte, careciendo totalmente de redes que pudieran prestarles alguna clase de apoyo, temerosas de las autoridades por su irregular situación migratoria. “Profundamente angustiadas por no poder enviar dinero a sus familias, que dependían completamente de ellas, es que no vislumbraron otra alternativa que someterse a la prostitución en las condiciones planteadas por los tratantes”, detalla la abogada Camila Maturana, de Corporación Humanas.
La retención de los documentos de identificación personal y las amenazas son elementos de control típicos en la trata de personas, para mantener a las víctimas cautivas y poder explotarlas. “El miedo a ser denunciadas y a los propios tratantes debilita seriamente su libertad y autonomía personal, su libertad de desplazamiento y autodeterminación sexual, favoreciendo que puedan ser explotadas, como en este caso lamentablemente sucedió”, sostiene la abogada.
Esta es la tercera condena por trata de personas en Chile desde que en 2011 se aprobó la ley 20.507, que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas. Para Camila Maturana, esta condena en particular “marca un precedente para la justicia nacional porque es la primera vez que el tribunal, junto con determinar una condena a los responsables de estos crímenes, se pronuncia además respecto de la reparación a la que las víctimas tienen derecho. Obviamente entendemos que esta reparación no va a borrar el crimen que estas víctimas sufrieron, no va a borrar el sufrimiento y el tremendo daño que este crimen marcó en sus vidas, el quiebre de su proyecto vital que este crimen significó, pero entendemos que la reparación puede ser el comienzo del proceso de reparación que ellas necesitan”.
Pero pese a los avances que significó la aprobación de la ley de trata de personas, todavía quedan asuntos pendientes en la legislación chilena respecto de la prevención y reparación de este grave atentado contra los derechos humanos.
“Hay dificultades que se han hecho presentes incluso por organismos internacionales en el acceso de mujeres y hombres migrantes, pero principalmente mujeres, a la atención de salud, a las políticas habitacionales, a la educación y a una serie de servicios públicos que son los que permiten que una persona que ha sido víctima de un delito de esta naturaleza se pueda insertar en la sociedad chilena y ejercer plenamente sus derechos fundamentales”, manifiesta Camila Maturana.
A la demanda presentada por el Ministerio Público se sumó el Ministerio del Interior, el Instituto Nacional de Derechos Humanos y Corporación Humanas en calidad de querellantes. La Fiscalía solicitó para dos de los tres acusados condenas de diez años y un día, mientras que Gilda Barraza, líder de la agrupación, arriesga 15 años de cárcel. Tanto las sentencias definitivas como el monto de las reparaciones se conocerán en la lectura del fallo judicial, a realizarse el próximo 2 de noviembre.