En la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago se revisaron y rechazaron los recursos presentados por colegios y alumnos en contra del Departamento de Evaluación Medición y Registro (Demre) y el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (Cruch) por el alza de la ponderación del ranking de notas como medida de ingreso a la Universidad, proceso 2014.
Los ministros decidieron negar las 13 acciones presentadas descartando la tesis de extemporaneidad debido a que no hubo actuar arbitrario e ilegal de los organismos recurridos. Según lo explicado por Jessica González, miembro del tribunal decisor: “se descartó la tesis de la extemporaneidad, se concluyó que lo actuado por el Consejo de Rectores no adolecía de ilegalidad y tampoco había arbitrariedad en la decisión”.
Asimismo, la magistrado agregó que: “Sin perjuicio de ello, aunque eso bastaba para rechazar, se hace una referencia a algunas garantías constitucionales que estimaban vulneradas para decir que el tribunal considera que no ha habido amenaza o inculcación”.
Para la Corte, en la decisión del Consejo de Rectores no existe arbitrariedad, ya que el ranking se viene trabajando hace años.
“Es la razonabilidad del mecanismo empleado el estándar que descartan la desigualdad que se imputa por el valor político-social y de equidad que lo ampara, sin que se advierta una motivación oculta diversa o que tenga como único fin mejorar el Aporte Fiscal Estatal a las Universidades del CRUCH, en desmedro de la calidad, mérito e inclusión de los mejores alumnos de cada uno de los establecimientos educacionales del país”, sostiene el fallo.
De este modo, queda definido que el polémico aumento en la ponderación del ranking de notas será aplicable para el proceso de ingreso universitario este 2014.