Durante 115 días la atención del mundo mapuche estuvo puesta en la compleja situación que enfrentaron los cuatro huelguistas de hambre detenidos en la cárcel de Temuco. Alfredo Tralcal y los hermanos Benito, Pablo y Ariel Trangol se encuentran imputados en el denominado “Caso Iglesias” por su supuesta participación en la quema de un templo evangélico en la comuna de Padre La Casas, ubicada en la región de La Araucanía.
Desde que inició la manifestación, a la salida del penal un grupo importante de dirigentes de distintas comunidades se mantuvo apoyando a los familiares, con rogativas y con la difusión de los mensajes que daban los comuneros a través de su vocero, Cristián Tralcal. La situación, a medida que avanzaban los días, era cada vez más crítica: Benito Trangol y Alfredo Tralcal fueron trasladados de urgencia al Hospital Regional por descompensaciones y hemorragias internas, manteniéndose internados hasta hoy.
Pese al estado crítico de los comuneros en huelga, lo que era explicitado por innumerables diagnósticos emitidos por el Colegio Médico, las conversaciones con el Gobierno no avanzaban en el camino esperado por los mapuches que se rehusaban a deponer su medida de presión, a esa altura convertida en huelga seca.
En el ajedrez, el miércoles 27 de septiembre el Gobierno confiaba en que movería una pieza que pasaría a complicar a los mapuches. En cadena nacional, el ministro del Interior, Mario Fernández, anunciaba que el Ejecutivo solicitaría que se modificara la medida cautelar de prisión preventiva para garantizar el buen estado de salud de los huelguistas. Con esto, sumado a que también anunció que se agilizaría la reforma que buscaría derogar la Ley Antiterrorista, esperaban traspasar la presión a los comuneros, debido a que era una hábil jugada comunicacional en la que los manifestantes se verían en la posición de rechazar, lo que dejaba un amplio margen de dar una señal de intransigencia de su parte.
Pero una jornada en particular marcó el rumbo que tomaría el Gobierno respecto del caso. El viernes 29 de septiembre, los familiares y abogados defensores de los imputados llegaron a La Moneda por segunda vez en medio de la huelga. Ya lo habían hecho cuando los comuneros cumplieron 100 días bajo esa condición, pero no hubo reacción desde el ministerio del Interior.
El viernes, en el salón también estaba presente la jefa de gabinete de la Presidenta, Ana Lya Uriarte, brazo derecho de Michelle Bachelet. La Moneda estaba confiada en que el tribunal decretaría el cambio de las cautelares. Y el tono en que se dio la conversación con los familiares dejaba entrever la estrategia política y comunicacional que se gestaba al interior de La Moneda.
En el lugar también estaba un asesor del ministro Fernández quien, atento al desarrollo de los hechos, conoció la decisión del tribunal a través de su celular. “Rechazó”, dijo. Con una sola palabra el escenario cambió por completo. Mario Fernández se llevó una mano al rostro como acto reflejo y de inmediato concluyó la reunión, indicándole a los asistentes que le comunicaría el acontecer a la presidenta Michelle Bachelet.
Sin el respaldo de los tribunales, el Ejecutivo quedó en jaque y debía manejar la situación apostando a una nueva estrategia que a toda costa querían evitar: retirar la querella por conductas terroristas y recalificar el delito por hechos incendiarios. Fue una jugada decisiva para evitar la muerte de un huelguista, lo que además de una tragedia en términos sociales habría sido lo mismo para Michelle Bachelet en su futuro en la política desde la ONU.
Pasó la tarde y con documento en mano, Fernández les informó sobre la medida a los representantes de los huelguistas. La medida repercutió en el ánimo de las comunidades y fue calificado como un triunfo dentro del desfavorable escenario judicial que pesa sobre los mapuches. Sin embargo, desde la Intendencia de La Araucanía este no era un escenario previsto. Incluso, días antes la máxima autoridad subrogante Ricardo Chancerel había manifestado a radio Cooperativa que retirar la querella por Ley Antiterrorista sería una pésima señal. “Es un punto que no puede ser negociable”, enfatizó a ese medio.
Por otro lado, la decisión tomada por el titular de Interior le valió el anuncio de una acusación constitucional por parte de Chile Vamos, lo que nuevamente complica su figura considerando que ya el mes pasado fue interpelado por materia de migración.
Tres de los cuatro huelguistas decidieron bajar la huelga de hambre. Alfredo Tralcal Coche y los hermanos Benito y Pablo Trangol Galindo comenzaron a ingerir alimentos la mañana del sábado. Mientras que Ariel Trangol es el único que se mantendría en la medida de presión acusando desconfianza hacia las autoridades.
¿Qué es lo que falta para que Ariel deponga la huelga?- le preguntamos a Cristián Tralcal- Bueno, que el Gobierno concrete la medida y no que se quede en las palabras, en el anuncio- responde quien hasta ahora ha sido el vocero de los comuneros, pero que por el momento deja a disposición de Ariel su voluntad de seguir representándolo.
“Nunca tuve que hablar delante de tantos medios como a la salida de La Moneda”, confesó entre risas Cristián Tralcal, antes de ingresar a la visita con los comuneros en la cárcel. Ese viernes a la salida de la reunión con Fernández la prensa estaba atenta a los dichos del Gobierno. “Lo primero que hizo el Cristián fue hablar con la gente, con las comunidades que fueron, que querían saber de los peñi(hermanos)”, dijo su madre Silvia Colicheo. El sábado en Temuco, menos de la mitad estuvo presente cuando se dio a conocer el anuncio oficial sobre el término de la huelga. Pero la resistencia va mucho más allá y los comuneros asumen que la medida del Gobierno debería ser extendida a otros procesos judiciales en curso, como el caso Luchsinger Mackay.
El destino de la calificación terrorista
Pese a que el Ejecutivo ya tomó una decisión respecto de la aplicación de la Ley Antiterrorista en el Caso Iglesias, aún se mantiene la incertidumbre sobre si el desarrollo de la investigación será bajo el marco de la cuestionada norma legal.
Hoy depende de cuál sea la actitud del Ministerio Público, el que al ser un organismo autónomo, no actúa según las órdenes que dicte el Ejecutivo, por lo tanto, puede insistir en que el delito que persiguen es de carácter terrorista. En este sentido, fuentes que trabajaron en el Ministerio Público y vieron de cerca la tramitación de casos calificados como terroristas, manifiestan que la postura de los persecutores ante una recalificación proveniente del ámbito político, en este caso querellantes, es la de seguir con la tesis inicial.
Aunque los contextos son importantes y en este tipo de juicios también se juegan asuntos políticos todas las partes. Al retirar el Gobierno la Ley Antiterrorista la posición del Ministerio Público pierde bastante peso, señalan algunos abogados. Aunque también es importante considerar que aparte del tema en sí de los comuneros, el resultado de este juicio afecta las aspiraciones internacionales de la presidenta Bachelet una vez que deje La Moneda.
Luego del anuncio realizado por Mario Fernández el viernes, desde el mundo mapuche algunos señalaban su desconfianza. Familiares de los actuales detenidos durante la llamada “Operación Huracán”, relataron a nuestro medio que lo hecho por el ministro del Interior, en representación de la presidenta Michelle Bachelet, es similar a lo que realizó el ex presidente y actual candidato a La Moneda, Sebastián Piñera durante la huelga de hambre de 2010, protagonizada por Héctor Llaitul y Ramón Llanquileo, entre otros. Ellos dicen que en aquel entonces, pese a que el Ejecutivo retiró la invocación de la ley, esto sólo sirvió para efectos condenatorios, pero todo el proceso investigativo se realizó en el marco antiterrorista, esto con todas las cuestionadas facultades que incluye.
Hoy el escenario es el mismo en este sentido, asumen algunos abogados de la defensa de los comuneros procesados en el “Caso Iglesias”, apuntando a que una serie de derechos consagrados en leyes internacionales ya han sido vulnerados a los cuatro presos de la Cárcel de Temuco.
Se espera que para la preparación del juicio oral, a realizarse el próximo 10 de octubre, la Intendencia como parte querellante en el caso, retire la invocación a la Ley Antiterrorista, recalificando los actos por el delito común de incendio establecido en el Código Penal.
En paralelo, se presentará ante la Corte un recurso de apelación a la orden ratificada por el Juzgado de Garantía de Temuco el pasado viernes, respecto de mantener la prisión preventiva a los cuatro imputados, lo que permitiría que los comuneros permanezcan con una medida cautelar de arresto domiciliario total o parcial.
Una ley que absuelve y condena a la vez
Dentro del ajedrez jurídico, la Ley Antiterrorista es una paradoja. La jurisprudencia muestra que cada vez que se persigue a alguien, principalmente mapuches, por Asociación Ilícita Terrorista, el resultado es la absolución. El único condenado por esto es Raúl Castro Antipán, quien colaboró con policías y que extrañamente fue el único sentenciado. Nunca se encontró con quién se asoció, puesto que el resto de los imputados en ese caso fueron absueltos.
De esta forma, podría pensarse que es favorable para el acusado que se le persiga por esta ley, puesto que también acreditar que hubo intencionalidad terrorista en un delito es algo difícil de probar. Pero existen otros factores, principalmente políticos y simbólicos, aunque algunos también jurídicos, que muestran que es el mejor escenario para el imputado el calificar por delito común.
En conversación con Radio Universidad de Chile, Pamela Nahuelcheo, abogada del Alfredo Tralcal, detalló por qué consideran que es un escenario positivo lo anunciado por el Gobierno.
Un problema que señala es el uso de testigos protegidos, punto que incluso ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En el caso de delitos comunes, las garantías a los testigos van desde no revelar el domicilio hasta aplicar otras medidas de protección, pero no se puede ocultar la identidad. Mientras que en el contexto de la Ley Antiterrorista, la defensa no puede conocer quiénes son los testigos, ni tampoco pueden realizar preguntas que den luces de su identidad, lo que no permite medir la credibilidad del testimonio.
Por otra parte, la connotación terrorista propicia que el tribunal pueda decretar medidas de seguridad que no siempre son utilizadas en los delitos comunes. Por ejemplo, en esta causa en puntual, la defensa no pudo acceder durante el período de investigación a los audios de audiencias reservadas llevadas a cabo entre el tribunal con la Fiscalía, en las que se solicitaron diligencias también secretas. Una vez terminado el plazo de investigación la defensa pudo acceder a estos audios, sin embargo, ya no estaban dentro de un período en el que pudieran exigir sus propias diligencias.
En este punto, además, existe una diferencia. En delitos comunes, el secreto de investigación puede durar hasta cuarenta días, mientras que en Ley Antiterrorista, se puede extender hasta seis meses.
Otro aspecto crítico es la prisión preventiva. Tanto en delitos comunes como en Ley Antiterrorista existe el estándar de que si la pena puede alcanzar el presidio menor en su grado máximo (tres años y un día), existiendo indicios que presuman participación en lo que se acusa, el tribunal puede decretar prisión preventiva.
En ambos casos también esta medida cautelar puede prolongarse hasta que termine la investigación, la que no puede extenderse por más de dos años. Pero en este punto existe una diferencia. En un delito común, para apelar a la prisión preventiva en la Corte de Apelaciones, basta con una mayoría simple que resuelva e incluso la sala puede estar compuesta por ministros suplentes. Mientras que en Ley Antiterrorista, se necesitan jueces titulares y la unanimidad entre estos.
En este punto, la abogada Pamela Nahuelcheo destaca un punto de los anuncios, el que considera importante y que no ha sido muy comentado en los medios de comunicación. Entre las promesas mencionadas por Mario Fernández, también existe un compromiso por mejorar los requisitos para decretar la prisión preventiva y asimismo el tiempo por el que se puede prolongar. Esto podría regular la medida cautelar tanto para los perseguidos por delito de carácter terrorista como por delitos comunes.