Hasta el 12 de agosto de este año, las cifras oficiales del Gobierno registran 25 femicidios consumados y 93 frustrados. En el 2021 fue un total de 44 mujeres las que murieron en manos de un cónyuge, conviviente, alguien con quien tenían algún tipo de vínculo sexoafectivo, o por alguien que atentó contra sus vidas solo por el hecho de ser mujeres. En el 2020, fueron 43. Otro antecedente de la Red Chilena Contra la Violencia Hacia las Mujeres apunta a una señal de alerta: en los últimos cinco años nueve mujeres se han suicidado por violencia femicida.
En el 2014 la Red Chilena realizó un estudio que reveló que entre 2010 y 2012 el 16% de las mujeres que se suicidaron ya habían iniciado una causa penal por violencia intrafamiliar. Lorena Astudillo, abogada y vocera de la Red Chilena y coautora de la publicación “Violencia extrema contra mujeres en Chile”, explicó que es posible concluir “que una mujer que está en un estado depresivo, al borde del suicidio, no acciona el sistema penal”.
Antonia Barra (20) fue violada en la mañana del 18 de septiembre de 2019. Un mes después, se suicidó. El veredicto conocido hace pocos días contra su agresor, Martin Pradenas, marcó un precedente en el sistema de justicia chileno: la importancia de la investigación y el juicio con perspectiva de género.
En conversación con Radio y Diario Universidad de Chile, Astudillo reconoció que el caso de Pradenas significa un tremendo avance en esta materia debido a que tuvo “componentes que indican que los jueces fallaron con perspectiva de género”. Sin embargo, la vocera destacó que ese punto de vista en ese tipo de procedimientos judiciales depende de la voluntad de los jueces.
Silvana del Valle, abogada de la familia Barra, comentó a nuestro medio que los magistrados no están aplicando los tratados internacionales que son obligatorios para el sistema de justicia.
Chile ratificó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) en el 1989. El CEDAW “establece los compromisos y obligaciones que tienen los Estados por prevenir y erradicar todas las formas de discriminación contra las mujeres, además de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole, que permitan avanzar hacia el pleno goce y ejercicio de derechos y participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida económica, social, política y cultural.
Además, en 1996 el país ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocido como “Convención do Belém do Pará”, la cual “establece un marco normativo y de derechos que los Estados deben hacer respetar, promover y garantizar en relación a las mujeres. Esta convención tiene por objeto hacerse cargo de la prevención y erradicación de las diferentes formas de violencia que aún sufren las mujeres en la región”.
“Estas normas que ya son existentes en el sistema, a través del Artículo 5° de la actual Constitución debieran ser aplicadas de manera directa por los tribunales y eso no es una tónica que esté ocurriendo actualmente”, recalcó Silvana del Valle.
“También tienen que existir leyes, operadores de justicia como las policías y quienes hacen las pericias, la perspectiva de género debería ser transversal”, dijo la abogada Astudillo y agregó que este enfoque debe ser incorporado al sistema de justicia.
Ley Antonia, revictimización y Nueva Constitución
El pasado martes el presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, Raúl Soto y el presidente del Senado, Álvaro Elizalde, recibieron a Alejandro Barra, el papá de la joven Antonia. Los parlamentarios manifestaron su compromiso para agilizar la Ley Antonia, el proyecto de ley que busca proteger derechos de víctimas de delitos sexuales.
La ley modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas y evitar su revictimización. También, modifica desde el Código Penal, al Código Procesal Penal y otras leyes para garantizar un trato digno y resguardando la vida, la integridad física y la indemnidad sexual de las víctimas. Además, durante la tramitación en el Senado se incluyó el aumento de penas si existe la inducción al suicidio lo que se resolverá en la comisión mixta que será presidida por la senadora Claudia Pascual.
“En nombre de Antonia Barra y de cada una de las víctimas de violencia sexual en nuestro país, hemos hecho este compromiso transversal para constituir rápidamente esta comisión mixta y trabajar en conjunto, con la familia, los abogados y la sociedad civil una propuesta que permita avanzar en mejorar las garantías procesales, en fortalecer los derechos de las víctimas y avanzar en evitar la revictimización”, declaró Soto junto a un grupo transversal de legisladores que también comprometieron su apoyo para agilizar el proyecto.
De acuerdo con la abogada querellante en el juicio de Martin Pradenas y exconstituyente, Manuela Royo, la revictimización es un fenómeno bastante habitual debido a la falta de enfoque de género en la aplicación de la justicia y las primeras atenciones. “Muchas veces la policía, que son quienes reciben las denuncias, no adoptan protocolos y procedimientos adecuados generando una doble victimización”, expuso.
Asimismo, Silvana del Valle declaró que en cuanto a la revictimización que viven las mujeres cuando realizan denuncias sobre delitos cometidos en su contra, se les entrega a ellas el completo peso de la carga probatoria. “Eso implica que muchas veces las mujeres desistan de las denuncias o ni siquiera se atrevan hacerlo porque saben que lo que viene en adelante va hacer demasiado duro”, indicó.
La jurista afirmó que las mujeres no optan por exponer su historia ante las autoridades porque son conscientes que se va a replicar la falta de creencia que le ha otorgado la sociedad históricamente. Así, señaló que “la PDI, Carabineros de Chile, la Fiscalía, el Servicio Médico Legal y todas las instancias a dónde deben acudir ante una primera denuncia tienen falencias importantes, en tanto no recogen los medios probatorios y se quedan con las primeras hipótesis que son muchas veces planteadas por los propios agresores”.
Por otro lado, Royo resaltó que la Nueva Constitución propone que el enfoque de género este presente en todos los intervinientes de la justicia incluyendo a quienes toman las denuncias. La legisladora reconoció que han habido ciertos progresos en cuanto a la perspectiva de género por parte de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema, pero manifestó que aún hacen falta otros avances en el sistema de justicia en esta materia.
La también exconstituyente sostuvo que otro aspecto que consigna el texto constitucional y que debe garantizarse desde el sistema de justicia es la paridad de género, “estableciendo que equitativamente tiene que existir un número de hombres y mujeres que sea representativo, tanto en la Corte Suprema, la Corte de Apelaciones y los Tribunales de instancia”.
Royo expuso que la aplicación del enfoque de género también desde una perspectiva interseccional, es parte de las obligaciones que deben tener los tribunales para corregir situaciones de desigualdad y/o de violencia de género y aplicar una justicia sustentada en una igualdad material y sustantiva respecto a los hombres, mujeres y personas de la diversidad sexual.