“Exigimos una revisión integral del proceso”, señala la carta que 43 organizaciones ambientales y comunidades de la macrozona central entregaron al Ministerio de Medio Ambiente para que modifique el mecanismo de actualización de los sitios prioritarios, en el marco de la implementación de Ley 21.600 que crea el Servicio de la Biodiversidad y Áreas Protegidas del Estado (SBAP).
Esto, pues el 17 de mayo se publicó la Resolución Exenta 730 del Ministerio del Medio Ambiente en el Diario Oficial, en la que se hizo un llamado a la sociedad para enviar antecedentes con el objetivo de evaluar y determinar estos lugares, sin embargo, desde las agrupaciones acusan que esta información no fue debidamente difundida, ni socializada en los territorios.
La integrante de la Corporación San Antonio Ambiental, Gladys Clavijo, sostuvo que la falta de difusión de esta actualización de los sitios prioritarios implicó que “las organizaciones no pudiéramos participar adecuadamente, lo que nos dejó fuera del proceso”.
“La relevancia del tema es mayúsculo, estamos hablando de agregar información de sitios prioritarios que todos queremos conservar y que se consideren bajo la protección de la Ley SBAP para que puedan ser protegidos y resguardados de eventuales proyectos que pudieran afectarlos“, subrayó.
Clavijo además afirmó sobre el procedimiento que “todas las organizaciones consideramos que esto está muy mal hecho, teníamos los mismos reparos, y queremos lo mismo, o sea, que este proceso que ya se terminó, tiene que ser realizado nuevamente. Es decir, se tiene que dictar uno nuevo en el que se subsanen todas las dificultades y falencias que observamos“.
“Esta ley -21.600- se demoró cerca de 10 años en salir, entonces, ¿Cómo pretenden implementarla de mala manera?. No tiene sentido”, recalcó la integrante de la Corporación San Antonio Ambiental.
Por ello, el vocero del Observatorio de Conflictos Socioambientales del Aconcagua, Jorge Morales, explicó que en la misiva le exigen al ministerio que “este proceso se haga de nuevo, generando la difusión que corresponde por obligación del Estado“.
“Además, invocamos el Acuerdo de Escazú, el que garantiza el acceso a la información y la difusión de las actividades que repercuten en los territorios. También, hemos citado el Convenio 169 que hace un proceso participativo de las comunidades y pueblos originarios”, añadió.
Así, el vocero del Observatorio de Conflictos Socioambientales del Aconcagua detalló la importancia de esta actualización: “El proceso asociado a la Resolución 730 del 2024 tenía como propósito abrir una convocatoria para que las comunidades desde la Región de Coquimbo hasta el Maule – macrozona centro- aporten antecedentes técnicos, científicos y de otro orden para que sean considerados “.
“De esta forma, el ministerio inicia el proceso para tomar una decisión sobre qué sitios prioritarios de estas zonas van estar alojados en la Ley SBAP, es decir, que territorios van a tener una protección oficial del Estado de Chile“, aclaró.
Los sitios prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad surgen a raíz de un trabajo realizado en todas las regiones de Chile durante el 2001 y 2002. En concreto, la Estrategia Nacional de Biodiversidad reconoce 64 sitios prioritarios y la Estrategia Regional de Biodiversidad identifica 286 sitios prioritarios.
Estos 350 lugares corresponden a áreas naturales y ecosistemas en los que existe una alta presencia de flora y fauna nativa. Y, en el marco de la implementación de la Ley 21.600, estos sitios definidos anteriormente como prioritarios, entrarán en un proceso de evaluación, considerando para ello la participación ciudadana de las macrozonas norte, centro y sur.