Corte de Apelaciones suspende por un mes a alcalde Pedro Sabat por desacato

La Corte de Apelaciones sancionó al alcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, por no acatar el fallo donde se le ordenaba dejar sin efecto la decisión de no otorgar una patente de alcoholes, por haberse tratado en forma “arbitraria e ilegal”. El edil estará un mes alejado de sus funciones y gozará de la mitad de sueldo durante este período.

La Corte de Apelaciones sancionó al alcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, por no acatar el fallo donde se le ordenaba dejar sin efecto la decisión de no otorgar una patente de alcoholes, por haberse tratado en forma “arbitraria e ilegal”. El edil estará un mes alejado de sus funciones y gozará de la mitad de sueldo durante este período.

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones suspendió de sus funciones durante un mes al alcalde de Ñuñoa,  Pedro Sabat, por no acatar un fallo relacionado con una patente de alcoholes.

En forma unánime, el tribunal de alzada determinó la sanción contra el edil por no aceptar la resolución del 9 de septiembre de 2011 que favoreció a la empresaria María Makarena Seppi, quien presentó un recurso de protección en contra del Concejo Municipal de Ñuñoa y el alcalde Sabat por rechazar una patente de alcoholes.

La empresaria solicitó una patente para un local de venta de alcoholes en Avenida Irarrázaval 1966, pero el requerimiento fue rechazado por el edil y los concejales, quienes argumentaron que los vecinos se oponían al funcionamiento del lugar, lo que luego fue desmentido.

Seppi, en representación de la empresa comercial María Seppi Cartes,  alegó ante la Corte Suprema que las autoridades  municipales actuaron de “forma ilegal y arbitraria” y que la decisión del Concejo encabezado por Sabat “no tuvo razones ni fundamentos”.

En octubre del año pasado, el máximo tribunal confirmó el recurso, señalando que “como medida para restablecer el imperio del derecho que el mencionado Concejo emita un nuevo pronunciamiento al respecto considerando las mediciones efectuadas por los funcionarios del Departamento de Inspecciones Municipales con anterioridad al 9 de marzo de 2011 y los estudios de impacto acústicos presentados por la recurrente”.

Sin embargo, la resolución no fue acatado y el tribunal de alzada decidió sancionar al alcalde Sabat con un mes de suspensión y la mitad de su sueldo por “la renuencia inexcusable del recurrido a cumplir lo ordenado por esta Corte”, según se registra en el fallo del tribunal.





Presione Escape para Salir o haga clic en la X