A raíz de la acusación constitucional al ministro Harald Beyer, los abogados defensores de la ex titular de Educación, Yasna Provoste, insistieron en una serie de vicios del libelo, que se relacionan con la imposibilidad de aplicar la pena de inhabilitación de cargos públicos por cinco años en “un juicio de primera instancia”.
El abogado Roberto Garretón, indicó que, tanto en el caso de su defendida, como en el del ex ministro, no existe un delito claramente probado por la justicia, lo que atenta contra sus derechos.
En este sentido, el abogado explicó que “una acusación constitucional es un juicio de carácter político y por lo tanto, no se puede aplicar una pena penal a través de un juicio político. Las penas del Código Penal, como la inhabilitación por cinco años para ejercer cargos públicos, es una pena que está en el artículo 21 del Código Penal, requiere una prueba muy exigente”.
Además, ambos fueron sometidos a un juicio que no se desarrolló bajo las normas del debido proceso, con pleno respeto de la presunción de inocencia y con la posibilidad de recurrir a un juez o tribunal superior como establece la ley. Tampoco se habría respetado el derecho ciudadano se ser juzgado por un tribunal imparcial e independiente.
Este punto es especialmente importante. En el caso puntual de la ex ministra Provoste, se plasmó a través de una querella a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2008.
En esa línea, manifestaron su preocupación, ya que la CIDH aún no notifica al Estado chileno de la denuncia, pese a que Yasna Provoste ya cumplió su pena el pasado 16 de abril. Por eso “lamentaron” las políticas de la Secretaría General de la OEA, las que, según ellos, tienen a la Comisión en la Defensa de los Derechos Humanos reducida a casi un correo de recepción y acumulación de quejas sin respuesta.
Luis Eduardo Thayer, el otro abogado defensor de la causa de Yasna Provoste indicó que “los otros derechos vulnerados están dados básicamente en que el Senado no habría actuado como jurado, sino que prácticamente en bloques políticos y ahí se destacan una serie de actuaciones de varios parlamentarios que derechamente lo declararon o lo hicieron así públicamente. El que más públicamente lo hizo, según lo señalamos ahí fue en ese momento, el senador Allamand que claramente está confeso que fue una acción política la acusación de Yasna Provoste en el libro que escribió con Marcela Cubillos”.
El abogado recordó que la acusación tenía 5 capítulos de los cuales 4 fueron rechazados y que posteriormente, Contraloría demostró que no existían delitos. Además, recordaron que en el Senado se llegó a un empate, y la decisión fue el voto de Andrés Allamand quien, -afirman- estuvo al límite del delito de prevaricación, ya que la acusación fue elaborada por diputados, entre ellos su consorte, la entonces diputada Marcela Cubillos, y no informó de la situación a la Cámara Alta. Si bien esto es obligación para los jueces ordinarios y no para los juicios políticos, los abogados apuntaron a un comportamiento “irregular”.