Servel aclara que no está obligado a contabilizar votos marcados con la sigla "AC"

A través de un comunicado la entidad aclaró que no está obligado a especificar en las actas aquellos votos que vengan marcados con la leyenda "AC", en referencia a una Asamblea Constituyente" o ningún otro signo. Esta información contradice lo señalado por las agrupaciones que impulsan esta acción en las elecciones, dado que ellas aseguran que por ley, los vocales de mesa deben detallar de forma específica, las leyendas contenidas en los votos.

A través de un comunicado la entidad aclaró que no está obligado a especificar en las actas aquellos votos que vengan marcados con la leyenda "AC", en referencia a una Asamblea Constituyente" o ningún otro signo. Esta información contradice lo señalado por las agrupaciones que impulsan esta acción en las elecciones, dado que ellas aseguran que por ley, los vocales de mesa deben detallar de forma específica, las leyendas contenidas en los votos.

El Servicio Electoral, Servel, a través de un comunicado, aclaró las diversas informaciones y comentarios surgidos luego de la aparición de una nota remitida por el presidente del Consejo Directivo, Juan Emilio Cheyre, al Movimiento Ciudadano “Marca tu Voto”.

Según reza el comunicado, “El Consejo Directivo del Servel no ha adoptado acuerdo alguno respecto a aceptar la sugerencia de un texto que deba ser incluido en las cartillas de mesas receptoras de sufragios, que tenga el propósito de requerir a los vocales la transcripción en las actas de tales mesas del detalle de marcas que eventualmente contemplen algunos votos emitidos”.

“El Servicio Electoral tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la normativa electoral y, en ese entendido, debe instruir a los distintos entes que participan en los procesos eleccionarios, en orden a que las funciones que a cada uno de ellos correspondan, sean desarrolladas con estricto apego a dichas disposiciones. En ese contexto, la capacitación que el Servicio Electoral impartirá a los vocales de mesas receptoras de sufragios con motivo de las elecciones de noviembre próximo, contemplará, ya sea a través de las cartillas o instrucción presencial, y tal como ha sido la práctica de anteriores actos electorales realizados en nuestro país, sólo aquellos aspectos expresamente regulados en el sistema electoral público, y en especial, los contenidos en la ley 18.700, LOC sobre Votaciones Populares y Escrutinios”, continúa el texto.

El documento finaliza señalando que “ante la situación expuesta respecto de las marcas, leyendas, señas gráficas o dobleces al voto no efectuados o realizados de manera incorrecta, las recientes modificaciones legales han venido a esclarecer esta situación, obligando a los vocales de mesas receptoras de sufragios a proceder con el escrutinio de un voto marcado según la preferencia debidamente expresada en el mismo respecto de uno de los candidatos nombrados en el voto, debiendo sólo dejar constancia en el acta de la existencia de marcas o accidentes en el voto. Lo anterior, no supone en caso alguno, realizar un escrutinio o transcripción de tales marcas, leyendas, señas, etc., toda vez que la ley no contempla esta posibilidad”.

Recordemos que la iniciativa ciudadana Marca tu Voto, dio a conocer una carta del presidente del Consejo Directivo, Juan Emilio Cheyre, que a juicio de la organización, dejaba claro que los vocales de mesa deberán detallar en el acta la existencia de votos marcados con la sigla AC.

Revisa la carta enviada por Juan Emilio Cheyre a las organizaciones aquí.





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