El derecho penal chileno se caracteriza por tener escalas de penas misteriosamente inequitativas. Es posible observar que existe una discriminación inicial entre bienes jurídicos protegidos, donde los delitos contra el patrimonio tienen un tratamiento legal especialmente rígido en comparación a bienes socialmente más relevantes como la vida y la salud. Además, dentro de los delitos contra el patrimonio es posible determinar una nueva discriminación atendiendo al potencial sujeto que comete el delito.
Las penas de robo y hurto cometidos normalmente por personas pobres, tienen mayores sanciones dentro del ordenamiento penal. Por su parte, los delitos económicos tendrían como potenciales imputados a personas con mayor educación y poder adquisitivo, lo que se traduciría además en una tipificación más laxa y una escala de penas definitivamente inferior en comparación a los otros delitos contra el patrimonio.
En un tercer nivel estarían los delitos tributarios, representados por una escala de penas mucho menor a los dos casos anteriores. Los sujetos activos de estos ilícitos serían determinados grupos de personas ligados a empresas que se dedicarían a la especulación monetaria. Ellos, constituirían una clase social privilegiada no sólo desde el punto de vista económico, sino que también tendría acceso a un mejor derecho penal, en desmedro incluso de otras clases acomodadas y por supuesto de las clases bajas.
“La legislación penal siempre ha sido clasista. Sin duda la clase baja esta mas representada en el sistema penal, pura y simplemente porque son más, pero existe una sobrerrepresentación de la clase baja en relación a la clase alta. En ese contexto proyectos como la Agenda Corta Antidelincuencia van en perjuicio de la clase baja o de los sectores mas vulnerables o previamente estigmatizados”, afirmó el profesor de derecho penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Miguel Soto.
Además, agregó que la Agenda Corta Antidelincuencia resulta una medida “populista”, porque a su juicio no solucionaría los conflictos de fondo.
El rol de la Fiscalía
“La verdad es que nuestra legislación penal es un poco incoherente porque es de 1874 y ha tenido distintos parches. Han existido distintas comisiones para reformar el Código Penal, pero finalmente ninguna ha llegado a puerto con un nuevo Código que reúna todos los delitos que están en distintas leyes especiales y que, por lo tanto, tenga penas coherentes y escalas razonables entre los delitos”, sostuvo el abogado de Fundación Ciudadano Inteligente, Pedro Orthusteguy.
El penalista también cuestionó la actitud de la Fiscalía en los casos de financiamiento ilegal de la política: “Nosotros hemos manifestado públicamente nuestro rechazo a la forma en que la Fiscalía ha abordado estos casos. Tomaron la decisión más fácil y más corta que es perseguir a todas estas personas que están siendo investigadas sólo por delitos tributarios y dejó en manos de una tercera persona, el Servicio de Impuestos Internos, la iniciativa para poder investigarlos. Creo que este es un error que lo va a juzgar la historia. La Fiscalía no ha estado a la altura”.
Tal y como señaló Pedro Orthusteguy, el Ministerio Público también tendría una cuota importante de responsabilidad en las lógicas inequitativas del sistema penal.
De los 12 mil 650 juicios orales que se realizaron durante el año 2014 5 mil 211 correspondieron a delitos contra el patrimonio, mientras que solo se registraron 325 juicios por delitos económicos y tributarios. El primer caso registra el 41 por ciento y el segundo, el 3 por ciento de los juicios.
El análisis realizado por los expertos y las cifras oficiales llevan a preguntarse quiénes son los grupos o sectores sociales que se ven beneficiados por este tratamiento diferenciado entramado de manera sistémica en el aparato jurídico y judicial, y cuáles son sus vínculos con quienes hacen las leyes.