Por unanimidad se derogó el artículo que pretendía sancionar con multas pecuniarias a los directores de medios de comunicación que infringieran el deber de reserva en investigaciones desarrolladas en el marco de la Ley Antiterrorista. Sin embargo, el abogado penalista de la Universidad de Chile, Jaime Winter, criticó que la iniciativa establezca el carácter reservado de las diligencias, lo que afecta al derecho de defensa de los imputados.
La iniciativa era parte del proyecto de ley presentado por la oposición que pretende “fortalecer la investigación” de los llamados “delitos terroristas” y de aquellos que afecten la seguridad del Estado en casos de especial gravedad.
El diputado de Renovación Nacional, Gonzalo Fuenzalida, explicó los motivos que llevaron a eliminar este punto del proyecto que ya fue aprobado en la comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara y recordó que la Ley Antiterrorista ya contempla sanciones a los directores de medios incluso con penas de cárcel.
“Para evitar que se malinterprete la ley, dejamos sin efecto ese artículo. Por lo tanto, lo que hoy rige es la norma general que está en la Ley Antiterrorista, que sanciona a los directores de medios con multa y cárcel cuando difunden y hacen públicas diligencias decretadas por los fiscales que investigan delitos calificados, como delitos terroristas”, explicó.
La propuesta legal permite el nombramiento de fiscales con dedicación exclusiva, destinación de personal y colaboración de distintos órganos del Estado a las investigaciones que ejecute el Ministerio Público.
El diputado de Renovación Nacional, representante de la Región de La Araucanía, Jorge Rathgeb, quien además es uno de los autores de este proyecto, señaló que el artículo eliminado presentaba similitudes a la llamada Ley Mordaza, que fue rechazada en el marco de la Agenda Corta Antidelincuencia. Sin embargo, argumentó que esto se aplicaría solo en casos excepcionales.
“Obviamente son situaciones de carácter similar, pero la aplicación de la Ley Antiterrorista es de carácter excepcional no es algo que se aplique diariamente, sino para ciertas circunstancias que estén absolutamente calificadas. La ciudadanía quiere que las investigaciones tengan éxito y la manera en que eso ocurra es que se pueda mantener en reserva mucha información”, dijo el parlamentario.
Respecto del acceso a información, el abogado penalista de la Universidad de Chile, Jaime Winter, dijo que, en la práctica, en los casos que involucran “a personas poderosas, ha sido gracias a las filtraciones que se ejerció presión para seguir adelante con la causa”. En esa línea, señaló que el debate de fondo es cuál es el nivel de secreto que estamos dispuestos a tolerar y los límites éticos del ejercicio del periodismo en este ámbito.
Lo que sí se mantendrá en la iniciativa legal, según explicaron los diputados, es el artículo número tres que establece el carácter reservado de las diligencias y señala que sólo podrán tener acceso a ellas, con omisión de la identidad de quienes las practiquen, los intervinientes una vez que la causa se formalice.
Es decir, que los imputados no podrán acceder a la carpeta de información hasta la formalización, lo que a juicio del abogado constituye un problema serio. Esto porque si bien esta etapa de la investigación fue pensada en el nuevo proceso penal como una garantía para el imputado, o sea, para que la persona sepa por qué está siendo investigado y pueda ejercer sus derechos, en la práctica la formalización se realiza muy tardíamente.
“Eso es gravísimo desde el punto de vista del derecho a defensa de los imputados. En la práctica la formalización de la investigación se produce casi al final del proceso, poco antes que se dicte sentencia. Esto nos lleva a otro problema del sistema porque quiere decir que se conculca absolutamente el derecho a defensa del imputado, simplemente invocando que el delito es terrorista y así el imputado no puede tener información de lo que se está investigando en su contra y no puede abordar ningún tipo de defensa a su favor hasta que el fiscal decida la formalización de la investigación, que además es una decisión del fiscal que no tiene que estar fundamentada en ninguna otra cosa que el momento en que el fiscal decida que se va a hacer”, explicó.
El abogado apuntó a que el debate pendiente es sobre qué se busca perseguir cuando se habla de terrorismo. Según el concepto, la causa mapuche, por ejemplo, no responde a esta idea. En ese sentido criticó que estas iniciativas busquen abordar un conflicto social a partir de la militarización de las policías y la exageración de la investigación, que solo profundizan el problema.
Luego de su aprobación en la comisión, la iniciativa legal quedó en condiciones de ser analizada por la Sala de la Cámara de Diputados.