Condenan a pilotos del Comando Aéreo del Ejército por asesinato de Marta Ugarte

A 18 años de presentada la querella del único caso donde están involucrados pilotos de las Fuerzas Armadas, el Ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos, Miguel Vázquez Plaza, dictó sentencia contra pilotos del Comando Aéreo del Ejército y ex agentes de la DINA.

A 18 años de presentada la querella del único caso donde están involucrados pilotos de las Fuerzas Armadas, el Ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos, Miguel Vázquez Plaza, dictó sentencia contra pilotos del Comando Aéreo del Ejército y ex agentes de la DINA.

El Ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, dictó sentencia contra ex agentes de la DINA, en el marco de la investigación por el secuestro calificado y homicidio de la profesora Marta Ugarte, quien el 12 de septiembre de 1976 fue encontrada muerta flotando en la Playa La Ballena luego de haber sido arrojada al mar junto a otros detenidos desde un helicóptero PUMA de la dotación del Comando Aéreo del Ejército de Chile.

En la resolución, el ministro Vásquez, condenó a 12 años de presidio al Jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA Carlos López Tapia y al Jefe Operativo DINA,  Ricardo Lawrence Tapia por homicidio calificado. Se condenó además a los agentes Heriberto Acevedo y Claudio Enrique Pacheco Fernández a la pena de 10 años y un día como co-autores de homicidio calificado; y a Emilio Troncoso Vivallos a 5 años y un día de presidio como co-autor de homicidio calificado.

Además, se condenó al piloto Jefe del Comando Aéreo del Ejército, Carlos Gregorio Evaristo Mardones Díaz, a 8 años de presidio, como cómplice del delito de homicidio calificado y al piloto Jefe del Batallón de Aviación del CAE Antonio Palomo Contreras y al Piloto Jefe de Estudio Comando Aéreo del Ejército Luis Felipe Polanco Gallardo, a 5 años de presidio como encubridores.

Se condenó también a Pedro Espinoza Bravo a 4 años de presidio como autor del delito de secuestro calificado y a Eugenio Fidelhouse; Pedro Mora Villanueva, José Ojeda Obando, Juvenal Piña, Victor Manuel Álvarez Droguett, José Mario Friz Esparaza y siete personas más a la pena de un año de presidio como coautores del delito de secuestro simple de Marta Ugarte.

Marta Lidia Ugarte Román nació en Santiago el 29 de julio de 1934. Fue profesora, modista, miembro del Comité Central del Partido Comunista de Chile, secretaria de la diputada Mireya Baltra, encargada Nacional de Educación del PC, jefa provincial en Santiago de la Junta de Abastecimientos y Precios (JAP) de DIRINCO, durante el Gobierno de Salvador Allende. El 9 de agosto de 1976 fue detenida por agentes de la DINA. Según testigos, permaneció detenida en el sector denominado «La Torre» de Villa Grimaldi, muriendo posteriormente a consecuencia de las torturas de que fue objeto. Su cadáver fue arrojado por sus captores al mar, pero fue encontrado semidesnudo y dentro de un saco amarrado a su cuello con un alambre, el 9 de septiembre de ese año en la playa La Ballena, ubicada en Los Molles.

La querella por su secuestro y homicidio fue presentada por el abogado de Derechos Humanos Adil Brkovic, quien consideró que esta es una importante resolución en el sentido que “por primera vez, son condenados pilotos del Ejército de Chile, involucrados en crímenes de lesa humanidad”.

La causa inicialmente fue instruida por el Ministro Juan Guzmán, para luego pasar a manos de Víctor Montiglio. Finalmente en los últimos años, el caso estuvo a cargo del Ministro Vásquez, con quien se dictaron estas sentencias.





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