De manera unánime, la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este lunes la orden de no innovar solicitada por la Universidad Católica, en el marco de un recurso de protección que pretende declarar ilegal el reglamento de la ley de despenalización del aborto en tres causales.
La acción judicial, presentada en contra del ministerio de Salud, fue declarada admisible el pasado viernes.
De acuerdo a la institución, el reglamento contiene normas ilegales y arbitrarias que restringen la igualdad ante la ley, la libertad de asociación, el derecho a manifestar creencias y el derecho de propiedad.
Además del recurso, la UC había pedido una orden de no innovar para que el reglamento no fuera aplicado mientras el tribunal no se pronunciara acerca de la acción judicial.
El recurso apunta a un punto específico del reglamento: los convenios que el Minsal tiene con instituciones privadas para atenciones ginecológicas y obstétricas, donde las primeras no pueden argüir objeción de conciencia. Esto, porque la universidad mantiene un convenio con el Servicio Metropolitano Sur Oriente desde 2003, para la red de atención de centros de salud familiar Ancora.
“Existen disposiciones que atentan contra los derechos constitucionales y constituyen un acto arbitrario e ilegal, impidiendo una de ellas a la universidad manifestar objeción de conciencia institucional respecto de la práctica de abortos por el sólo hecho de haber suscrito un convenio”, argumentaba el recurso.