Este viernes la llamada “Sala de Máquinas” de la Convención Constitucional llega al Pleno con su primer informe sobre el régimen de gobierno que se pretende consagrar en la nueva Constitución. Así se le ha denominado a la Comisión de Sistemas Políticos, instancia que definirá el marco político e institucional que guiará el actuar de la política a futuro. ¿Habrá un Presidente, un Primer Ministro?, ¿se acabará el Senado como lo conocemos hoy?, ¿se abrirá espacio para un sistema democrático participativo y no solo representativo? Estas son algunas de las preguntas centrales que han guiado el debate en los últimos meses. Ya en la recta final, UChile Constituyente, tras un largo proceso deliberativo de más de 20 académicos, presenta el documento “Régimen de Gobierno y Sistema político: Elementos para el debate constitucional”, donde se exponen conceptos y algunas propuestas en torno a cómo debiese quedar configurada la “sala de máquinas” para nuestro nuevo sistema político y de gobierno.
El Director de Asuntos Estratégicos de la Universidad de Chille y coordinador de la mesa de UChile Constituyente, Juan Gabriel Valdés, explica el objetivo que tiene la presentación de esta publicación:
“Cada forma de gobierno posee virtudes y defectos y es a cada país definir democráticamente cuál es la que más conviene a sus ideales democráticos, a su momento histórico particular, su historia y al progreso de sus pueblos. De lo que se trata es de ofrecer la información disponible y las opiniones informadas que pueden contribuir a esas definiciones. A eso nos hemos dedicado en este ejercicio que puede, a su vez, tener aciertos y ausencias, pero procura entregar información y opciones que faciliten el debate a quienes deben tomar las decisiones, que son los constituyentes libremente electos para redactar la Constitución de Chile”, comenta.
El documento parte haciendo referencia a los diferentes tipos de gobiernos que existen en el mundo, sus bondades, beneficios y dificultades. Luego expone y define los nuevos elementos que debiese tener nuestro sistema político basado en tres grandes principios: la descentralización, el plurinacionalismo y la participación ciudadana.
Sobre los Regímenes de Gobierno
La distribución del poder es uno de los temas centrales que marca la estructura que tiene el Estado y que condicionará, finalmente, qué tipo de régimen de gobierno se consagrará. El documento parte de un diagnóstico que describe cómo se ha establecido, en Chile y en el mundo, una crisis integral y profunda que trasciende a la institucionalidad pública, económica y a la sociedad civil. De esta manera, plantea la existencia “un sistema de partidos con un alto nivel de fragmentación, afectado por una significativa crisis de legitimidad, cuyos componentes están distanciados de la ciudadanía. Consecuencia de ello ha sido la formación de ejecutivos sin mayorías parlamentarias estables, lo que impacta en la gobernabilidad. Dicha dificultad podría ser subsanada mediante un eventual cambio en el régimen de gobierno. También, es importante pensar el régimen político que permitirá el más rápido arraigo social, político e institucional de la Nueva Constitución”.
Sobre los tipos de gobierno existentes, el texto expone que el presidencialismo es aquel régimen que se sustenta en la figura del Jefe de Estado y Jefe de Gobierno como la misma persona, quien es elegida por votación popular. Este es el modelo que Chile ha tenido de forma casi permanente a lo largo de toda su historia republicana. Sin embargo, se establece que este presidencialismo ha transitado hacia un hiperpresidencialismo: “A nivel de poderes del Estado, el hiperpresidencialismo posterior a 1990 habría generado una excesiva concentración del poder en el Ejecutivo, mermando el contrapeso y debilitando a otros poderes del Estado “.
No obstante, el documento observa bondades para el régimen presidencial: “Pese a sus rasgos problemáticos, el presidencialismo chileno posee dos características que deben ser relevadas como eventuales potencialidades. Primero, brinda a la ciudadanía la posibilidad de elegir directamente a su presidente, situación de importancia en un país que enfrenta una crisis mayor de legitimidad de las otras instituciones. Segundo, el presidencialismo en nuestro país posee una dimensión cultural que resulta familiar a la ciudadanía producto de su larga historia”, se afirma.
Bajo ese diagnóstico, el texto propone que de mantenerse la opción presidencial, se debe avanzar hacia una moderación del mismo con algunos ajustes: “Si se optara por mantener un sistema presidencial, parece indispensable la incorporación de ajustes y modificaciones necesarias para atender a los problemas anteriormente descritos. En el caso de que se decida perseverar en este régimen, es necesario avanzar a un presidencialismo más flexible, eficiente, democrático y equilibrado, que permita fortalecer la gobernabilidad, aumentar el rendimiento de las políticas públicas y acrecentar los niveles de legitimidad del sistema político”.
Después, describe cómo funciona el régimen semipresidencial, entendido como un sistema que separa las funciones de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno, manteniendo la elección presidencial directa, en conjunto con un gobierno compuesto por un Primer Ministro(a) propuesto por la o el Presidente, y que debe contar con mayoría parlamentaria tanto para su nombramiento como para permanecer en el cargo.
El tercer sistema presente en el mundo actual, el Parlamentarismo, se define como aquel en que el Poder Ejecutivo emana del Legislativo, en donde el gobierno depende de las mayorías que se configuren en el Parlamento. Es decir, del Parlamento depende tanto el nombramiento del Primer Ministro, quien asume como Jefe de Gobierno, como su permanencia en el cargo. Por otra parte, existen distintas fórmulas para elegir al Jefe de Estado, una de ellas es que sea elegido por votación popular y otra es que lo sea también por el Parlamento.
Este capítulo termina con la presentación de una propuesta semipresidencial, que podría ser la que se defina dentro de la nueva Constitución, expuesta por Larraín y Voigt (2021). Con esta idea, indica el documento, se busca responder al arraigo cultural que tiene en Chile la elección del Presidente de la República y reparar -a la vez- las dificultades que plantea dotar de mayor poder político a partidos que hoy registran un alto grado de desprestigio.
“La propuesta pretende mejorar la eficiencia de la toma de decisiones e incentivar institucionalmente los acuerdos. En tal sentido, se propone: un sistema republicano con un Presidente electo por votación popular y un Primer ministro, nombrado por el Presidente, en quien este delega encabezar el gobierno; Concentrar las funciones presidenciales en los instrumentos de continuidad del Estado, lo que incluye nombramientos clave, la elaboración de una agenda de desarrollo, la posible intervención en conflictos político-institucionales y la observación de tratados internacionales; Los problemas de corto plazo y de labores de gobierno se transfieren íntegramente al Primer Ministro/a, inclusive en materias como Régimen de Gobierno y Sistema político”.
Según lo que se desprende del actual proceso constituyente y su avance en la elaboración de normas, se está optando por la conformación de un sistema semipresidencial, o de presidencialismo atenuado, que contemplaría la figura de un Presidente electo, acompañado de la figura de un vicepresidente. De hecho, ninguna norma presentada proponía la opción parlamentaria, que por algunos momentos sedujo a varios convencionales. Sin embargo, según el debate dado al interior de la Comisión de Sistemas Políticos, primó la idea de lo complejo que resultaría no solo políticamente, sino que culturalmente un cambio tan radical de sistema.
Sobre Descentralización y participación ciudadana
En el siguiente capítulo, el texto aborda la alternativa de encontrar una fórmula intermedia entre lo que es un Estado unitario y uno federal, emergiendo la figura de un Estado regional, que es lo que ya se aprobó como norma en el nuevo texto constitucional. En esa línea, el documento estable algunas bondades para este tipo de sistema intermedio entre el unitario y el federal:
“Respecto a los Estados regionales, manifiestan un matiz interesante debido a que son unitarios, pero en muchos casos poseen prácticas vinculadas al federalismo. Las regiones se erigen como entes autónomos, dotados de personalidad jurídica no soberana, ni originaria; con potestades legislativas y administrativas limitadas, subordinadas al interés general del Estado central Algunos países que cumplen con estas características son España e Italia (Corvalán y Soto, 2021). En las últimas décadas la mayoría de los países ha emprendido procesos de descentralización, transfiriendo poder desde el centro hacia las regiones, independiente de su forma de gobierno. Ejemplos de países unitarios que han realizado estos procesos son Francia y Colombia. La mayoría de los países han avanzado en mayor autoridad regional, acrecentando el ritmo de la transformación desde la década de 1970 en adelante”, expresa el documento.
Otra temática que se expone en la publicación, y que resulta de suma relevancia para el régimen de gobierno y la estructura del Estado, dice relación con su vinculación con la ciudadanía. En este sentido, es fundamental, sugiere el texto, que se pueda dar cuenta de modos tradicionales de representación, tales como los partidos políticos, y también de formas de participación ciudadana como alternativas a la crisis del sistema.
De esta forma, el documento establece como conclusiones que “el Chile actual requiere robustecer una visión amplia de la representación y de la participación política. Los ciudadanos al emitir su voto no delegan toda su agencia política en el representante. El representado también debe contar con mecanismos complementarios que le permitan materializar esa agencia en temáticas de interés público. De esta forma, en este subapartado se abordan formas alternas de participación de la ciudadanía en la vida democrática que la vinculan con el sistema político”, finaliza.