Este sábado el pleno de la Convención Constitucional aprobó en general el informe emanado por la comisión de Medio Ambiente y Sistema Económico con 114 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones, esto luego que el pasado 21 de abril fuera rechazado el texto propuesto por la instancia coordinada por Camila Zárate y Juan José Martin. En esta oportunidad, del total de las normas contempladas en el insumo, 47 por ciento -16 normas- de los artículos superaron el guarismo de los 2/3 y pasaron al borrador de la nueva Constitución.
Entre las disposiciones aprobadas se encuentra el artículo 1 que dispone que “el Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico” y el que señala que “las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable”.
Asimismo pasó al borrador de la Constitución el artículo 2 que dice que “el Estado velará por un uso razonable de las aguas” y que “las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento”.
También se visó el artículo que expresa el reconocimiento “a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas situadas en autonomías territoriales indígenas o territorios indígenas” y el que establece que “el Estado, a través de un sistema nacional de áreas protegidas, único, integral y de carácter técnico deberá garantizar la preservación, restauración y la conservación de espacios naturales”.
En lo relativo a la soberanía y seguridad alimentaria, se aprobó la promoción de “la producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana y adecuada, el comercio justo y sistemas alimentarios ecológicamente responsables”.
En cuanto a la minería, materia que ha provocado polémica al interior del órgano redactor, el plenario visó el articulo 22 que dispone que “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas”. Asimimo, se aprobó artículo que señala que “la exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental”.
No obstante, el artículo que disponía la exclusividad del Estado sobre la actividad minera y la explotación del cobre con posibilidades de asociaciones con privados bajo las condiciones que se “resguarde la participación mayoritaria del Estado”, concitó sólo 66 votos por lo que retornó a la comisión de origen.
Respecto al sistema económico, el pleno consintió el fomento del Estado a “la innovación, los mercados locales, los circuitos cortos y la economía circular”; el deber del Estado sobre tener iniciativa en la actividad económica y de prevenir y sancionar los abusos en los mercados.