Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 19 de abril de 2024


Escritorio

Suprema rechaza recurso y condena a 30 agentes por Operación Colombo

El fallo unánime incluye a los cabecillas de la DINA, Miguel Krassnoff, Pedro Espinoza y Raúl Iturriaga Neumann. Los tres fueron condenados a 15 años de cárcel en calidad de autores del secuestro de tres militantes de izquierda en 1974.

Diario Uchile

  Sábado 22 de octubre 2022 11:28 hrs. 
La reacción de los medios de comunicación ante el montaje de la 'Operación Colombo' es recordada como uno de los episodios más negros del periodismo chileno. Foto: Archivo.

Compartir en

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo deducidos en contra de la sentencia que condenó a 30 agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Enrique Segundo Toro Romero, Eduardo Enrique Lara Petrovich y José Caupolicán Villagra Astudillo. Ilícitos perpetrados en julio de 1974, en las comunas de Estación Central y San Joaquín, y que forman parte de la denominada “Operación Colombo”.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.

En tanto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Hermon Helec Alfaro Mundaca, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Olegario Enrique González Moreno, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Araneda Araneda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno y Hernán Patricio Valenzuela Salas deberán purgar 10 años y un día de presidio.

El máximo tribunal descartó los errores de derecho argumentados por las defensas de los condenados.

La Corte determinó que “no ha existido aplicación errónea de la ley que haya significado la imposición a alguno de los recurrentes de una pena más grave que la designada en la ley”.

Además, puntualizó que “las alegaciones de las defensas –analizadas todas a la luz de la hipótesis fáctica contenida en el fallo–, no resulta atendibles, pues no configuran causal de nulidad alguna, todos los recursos analizados son desestimados en su integridad”.

Maniobras de desinformación 

En la sentencia de primer grado, el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse dio por acreditado que los tres militantes de izquierda, dos del Partido Comunista y uno de ellos del Movimiento de Izquierda Revolucionario, fueron detenidos entre el 10 y el 15 de julio de 1974 siendo llevados al cuartel “Yucatán” ubicado en calle Londres 38 en el centro de Santiago.

En ese lugar fueron mantenidos vendados, amarrados y sometidos a interrogatorios bajo tortura por los agentes de la DINA. Posteriormente fueron llevados al cuartel de Cuatro Álamos ubicado en avenida Canadá 3000 en la comuna de San Joaquín donde continuaron incomunicados y sometidos a diversos vejámenes.

Entre fines de julio y los primeros días de agosto se vio por última vez con vida a las tres personas, permaneciendo desaparecidas hasta el día de hoy. Todos fueron incluidos en la lista de 119 personas publicado por la prensa nacional haciendo eco de medios como Novo O’Dia de Brasil y LEA de Argentina, donde se les sindica como muertos en una operación de los propios grupos de izquierda por rencillas internas.

Este hecho fue develado como una operación de inteligencia entre las dictaduras del Cono Sur e incluso el medio brasileño tuvo una sola aparición con el objetivo de cumplir ese cometido de desinformación.

 

Síguenos en