La Corte Suprema confirmó este jueves que acogió el recurso de nulidad de la defensa y le ordenó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco la realización de nuevo juicio, por jueces no inhabilitados, en contra de Martín Pradenas, acusado como autor de dos delitos consumados de violación de mayor de 14 años, cuatro delitos consumados de abuso sexual de mayor de 14 y un delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años, ilícitos perpetrados entre noviembre de 2010 y septiembre de 2019, en la ciudad y en la comuna de Pucón.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y las abogadas (i) Pía Tavolari y Leonor Etcheberry– no cuestiona el fondo de la resolución, como lo son las pruebas rendidas, la participación atribuida al acusado y la perspectiva de género plasmada en la resolución del caso, sino la vulneración a la garantía del “juez imparcial”, debido a que uno de los integrantes del TOP de Temuco realizó comentarios en sus redes sociales mientras se desarrollaba el juicio oral y que dan cuenta de que el magistrado redactor de la sentencia condenatoria enfrentó el proceso alejado de la objetividad a que está obligado por ley.
La resolución de la Corte Suprema implica que el imputado deberá permanecer en prisión preventiva a la espera de la realización del nuevo juicio.
Además, la Sala dispuso que la Corte de Apelaciones de Temuco instruya una investigación sumaria respecto del Juez Leonel Torres Labbé, para determinar una eventual responsabilidad disciplinaria en su actuar durante el juicio.
Entre los principales fundamentos del fallo, se señala que el máximo tribunal “acoge, por mayoría, el recurso de nulidad por considerar que hubo falta de imparcialidad de uno de los jueces debido a comentarios sobre el caso en sus redes sociales”.
Se sostiene que “los comentarios fueron realizados mientras se desarrollaba el juicio oral, por lo que deja en posición desfavorable a una de las partes”.
Afirma que “la imparcialidad de los jueces es un derecho fundamental universal tanto para imputados como para las víctimas”.
El fallo indica que “el máximo tribunal no cuestiona temáticas de fondo como: pruebas, participación del imputado y la utilización de la perspectiva de género para resolver el caso”.
Agrega que “la Corte Suprema ordena un nuevo juicio oral, con jueces habilitados por lo que el imputado seguirá en prisión preventiva”.
También “se ordenó a la Corte de Apelaciones de Temuco instruir una investigación al juez para establecer si hubo una infracción a sus deberes funcionarios en su actuar”.
Cabe recordar, que el fallo de esta resolución fue adelantado el pasado 23 de diciembre en una publicación de La Tercera.