Según el CDE, las actividades de estas empresas provocaron un daño irreparable a un importante acuífero que alimenta el Salar de Atacama, y a la biodiversidad que lo rodea. La audiencia se extenderá hasta mañana y en ella declararán alrededor de 35 testigos.
Los daños ambientales alegados por el CDE se traducen en afectaciones al acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, incluyendo su capacidad de regeneración y diversidad biológica, que no se recuperará antes del año 2200.
Las significativas afectaciones abarcan también las vegas altoandinas de Tilopozo y los ecosistemas acuáticos de las lagunas La Punta y La Brava, que comprenden microorganismos extremófilos únicos en el mundo, escasos y representativos.
Todo lo anterior constituye graves pérdidas de los servicios ecosistémicos que brindan estos parajes, así como afectaciones importantes a la biodiversidad del área sur del Salar de Atacama y a su fauna en estado de conservación.
Por último, se ha ocasionado un relevante impacto al sistema de vida y costumbres de las comunidades indígenas que habitan ese territorio.
Durante las dos primeras jornadas, el equipo del CDE –integrado por litigantes de la Procuraduría Fiscal de Antofagasta y de la Unidad especializada de Medio Ambiente–, concretó la presentación de su prueba testimonial a través de consistentes antecedentes técnicos proporcionados por cuatro especialistas.
Estos expertos pertenecen a la Dirección General de Aguas, el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio Agrícola y Ganadero y la Superintendencia del Medio Ambiente, servicios que estudiaron y analizaron la magnitud de los daños provocados y su nociva permanencia en el tiempo, cuyas conclusiones otorgan sustento y fundamento técnico a la acción fiscal.
La abogada jefa de la Unidad de Medio Ambiente del CDE, Natalia Alfieri, subrayó que “se ha llevado a cabo un efectivo trabajo de coordinación por parte del Consejo de Defensa del Estado en este relevante juicio ambiental para la presentación de un sólido caso ante el Tribunal Ambiental de Antofagasta, con el propósito de lograr que el grave daño provocado al acuífero, a las vegas y a las lagunas altoandinas sea reparado y compensado ambientalmente mediante elevados estándares que persiguen la indemnidad”.
La causa comprende la demanda de reparación interpuesta por el CDE en contra de Minera Escondida, Compañía Minera Zaldívar SpA y de Albemarle Limitada por la extracción continua e ilegal de recursos hídricos del acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, procedimiento acumulado a la acción presentada por la Comunidad Indígena Atacameña de Peine, con la participación del Consejo de Pueblos Atacameños como tercero coadyuvante.
La acción del Estado se fundó en los hechos constatados por servicios con competencia ambiental, entre ellos, la Superintendencia del Medio Ambiente y la Dirección General de Aguas, quienes verificaron, mediante fiscalizaciones en terreno y la emisión de sendos informes, la disminución hídrica en la zona como consecuencia de un efecto combinado de las extracciones realizadas por las tres compañías mineras.