Senado despachó ley de usurpaciones y Gobierno anunció veto presidencial

El ministro Alvaro Elizalde afirmó que el Ejecutivo vetará la iniciativa porque “transgrede principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico que prohíbe la violencia entre particulares para resolver los conflictos jurídicos”.

El ministro Alvaro Elizalde afirmó que el Ejecutivo vetará la iniciativa porque “transgrede principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico que prohíbe la violencia entre particulares para resolver los conflictos jurídicos”.

Pese a la insistencia del Gobierno de que no promulgará el proyecto, la Sala del Senado aprobó y despachó la iniciativa que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, fija nuevas penas y mecanismos de restitución.

La iniciativa de legisladores de derecha establece la legítima defensa privilegiada, lo que para el Ejecutivo consagra la autotutela y por tanto, permite que las personas recurran por su propios medios a recuperar un bien o predio ocupado. Por ello, el Ejecutivo anunció que vetará la iniciativa.

Tras la aprobación del proyecto, el senador de la UDI, Javier Macaya, dijo que con este proyecto se pone “fin a años de impunidad” y es muy importante para la Región de La Araucanía.

Además, indicó que si el Ejecutivo presenta el veto presidencial, “va a tener que entregar una explicación a las víctimas de un delito tan grave como es que se tomen tu terreno, que sean víctimas de personas que no tiene ningún derecho de propiedad que ejerzan un derecho que es absolutamente arbitrario y es pasar por encima del derecho de propiedad”.

En tanto, el senador Fidel Espinoza (PS) afirmó que “este es un proyecto que refleja un retroceso civilizatorio para el país, porque todos estamos de acuerdo en una cosa que hay que penalizar de mejor forma las usurpaciones de terreno, en eso no hay discusión (…) pero lo que no puede ocurrir es que se haya en nuestro parlamento hoy día en el año 2023 una ley que significa un retroceso civilizatorio, es volver a la década de los 70”.

Durante la discusión del proyecto, la ministra del Interior, Carolina Tohá, afirmó que hay tres hipótesis de legítima defensa contenidas en el proyecto.

El primero, dice que “el que obra en defensa de su persona o derechos (…) o sea la persona puede no estar siendo agredido sólo porque hay una usurpación tiene legítima defensa”.

Segundo, “el que obra en defensa de su persona o derechos de su cónyuge. Tercera hipótesis, el que obra en defensa de la persona o de un extraño, esto es lo que habilita a que alguien arme un grupo, nadie pide que los contrate, para ir a defender los derechos de un tercero, por ejemplo la propiedad aunque nadie esté siendo agredido, sino que solamente haya si haya habido violencia en las cosas, es decir, por ejemplo, saltarse una reja”

Por su parte, el ministro Secretario General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, defendió la facultad que tiene el Ejecutivo de vetar los artículos más polémicos del proyecto relacionados con la “legítima defensa privilegiada” y la “flagrancia permanente” porque “transgrede principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico que prohíbe la violencia entre particulares para resolver los conflictos jurídicos”.

Por ello, dijo Elizalde “el Gobierno ha sido bien explícito que un proyecto de ley que pudiera explicar el uso de la violencia por parte de particulares para resolver de conflictos de carácter jurídico mucho tiempo después usurpado los terrenos, obviamente vamos a ejercer las  atribuciones que nos confiere la Constitución para hacer valer este punto de vista”.

Delito porte de combustible

Por otro lado, este miércoles la Sala del Senado aprobó el proyecto que tipifica como delito el porte injustificado de combustible en la vía pública, pero cuya matriz original fue desvirtuado y pasó a tercer trámite constitucional a la Cámara de Diputadas y Diputados.

El proyecto del Ejecutivo consistía en dos artículos que apuntaban el primero a sancionar con una falta penal, multa de 10 a 20 UTM, el porte de combustible en el contexto de manifestaciones públicas y el segundo artículo, posibilitaba a la policía a “detener a la persona que porta combustible en una manifestación”, explicó la ministra del Interior, Carolina Tohá, que precisó que el proyecto cuenta con reserva de constitucionalidad establecida en la tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados.

En efecto, el proyecto proponía modificar “el Código Penal y el Código Procesal Penal para sancionar como falta el porte injustificado de combustibles aptos para la comisión de atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas durante reuniones en lugares públicos“.

Sin embargo, la derecha presentó una indicación que transformó la misma conducta en “un delito con pena privativa de libertad

Para subsanar esta situación el senador Iván Flores presentó una indicación que restituía el texto original del proyecto que “busca el objetivo de inhibir el porte de combustibles, de una manera racional, y además entrega herramientas a las policías para detener a las personas que pese a esta norma, porten combustibles a las reuniones públicas”, indicó Tohá.

Pese a las explicaciones, la indicación fue rechazada por 22 votos en contra, 18 a favor por lo que el proyecto quedó como lo dejó la Cámara de Diputados.

De esta manera, el solo porte de traslado de combustibles, por ejemplo cuando una persona concurre a comprar parafina para su estufa, podría ser detenido ya que el proyecto no establece el contexto en que se hace.

El propio senador Flores calificó como un “grave error legislativo” la penalización de esta conducta como un delito, insistiendo en que debiera ser “una falta”, para “no estigmatizar a todos los ciudadanos y no caer en situaciones arbitrarias, perjudicando a gente inocente”.

“No podemos seguir con la estrategia de algunos que buscan penalizar todo lo que se mueva. Creo que no hay que estigmatizar todos los materiales ni tampoco a toda la ciudadanía pensando que son todos delincuentes o todos incendiarios. Una persona que transita por la calle, porque fue a comprar parafina o que tiene un tallercito mecánico y compra su bidón de bencina como corresponde y se encuentra con una manifestación podría ser detenida, hoy no y puede ser penalizada como si su acción fuera un delito y un delito grave similar al de transportar una bomba o lanzarlay eso ya está tipificado en la ley respectiva”, comentó el legislador.





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